Comienza consulta pública del anteproyecto de Norma de Emisión para Fundiciones de Cobre y Fuentes Emisoras de Arsénico
* A partir del miércoles 4 de julio, las personas naturales o jurídicas pueden enviar sus observaciones o consultas sobre este anteproyecto que busca reducir las emisiones al aire de contaminantes que son dañinos para la salud y el medio ambiente.
El Ministerio de Medio Ambiente ya publicó el anteproyecto de la Norma de Emisión para Fundiciones de Cobre y Fuentes Emisoras de Arsénico, por lo que ahora se dará inicio a la consulta pública que se extenderá por 60 días hábiles entre el 4 de julio y el 2 de octubre, la cual irá acompañada de talleres para difundir esta iniciativa.
Así, durante este período, cualquier persona natural o jurídica podrá enviar sus observaciones, antecedentes, consultas y/o comentarios por escrito a la Oficina de Partes del Ministerio de Medio Ambiente o a la Seremi de Medio Ambiente de O'Higgins, también se podrán enviar observaciones a través del correo electrónico planesynormas@mma.gob.cl.
La persona que envíe sus observaciones podrá adjuntar antecedentes de naturaleza técnica, científica, social, económica y/o jurídica, tomando en consideración que éstas deben ser fundadas y elaboradas en el marco del anteproyecto de norma, las cuales serán analizadas por el Ministerio de Medio Ambiente, para ser consideradas en la elaboración del proyecto definitivo.
Finalmente, la documentación y toda la información recibida en el contexto de la elaboración de la Norma, quedará contenida en el Expediente Público del proceso, que puede ser revisado por cualquier persona.
QUÉ DICE EL ANTEPROYECTO
Con la aplicación de esta norma se reducirán las emisiones al aire de material particulado (MP), dióxido de azufre (S02), arsénico (As) y mercurio (Hg), ya que para tales contaminantes existe evidencia suficiente que comprueba los efectos adversos crónicos y agudos sobre la salud de las personas y sobre el medio ambiente.
De esta forma, establece que las fuentes emisoras existentes, transcurridos 5 años contados desde la fecha de publicación de esta norma, no podrán exceder ciertos límites máximos de emisión para SO2 y As por año de calendario. (Ver recuadro) Para ambos contaminantes, las fuentes existentes deberán cumplir con un 95% de captura y fijación de sus emisiones.
Por otra parte, las fuentes emisoras existentes no podrán exceder los límites de emisión en las chimeneas de los siguientes procesos unitarios: las plantas de ácido deben emitir una cantidad inferior o igual a 2.080 mg/Nm3 equivalente a 800 ppm (partes por millón en volumen) de SO2; las plantas de ácido deben emitir una cantidad inferior o igual a 1 mg/Nm3 de As.
Además, los secadores y los hornos de limpieza de escoria deben emitir una cantidad inferior o igual a 50 mg/Nm3 de MP; los hornos de limpieza de escoria deben emitir una cantidad inferior o igual 1 mg/Nm3 de As. Para más información sobre el anteproyecto se puede visitar la página web
http://www.mma.gob.cl/1304/w3-article-52489.html. .