Felipe Alvear Silva
Para comenzar a hablar de la figura delictual de “femicidio”, lo primero que tenemos que tomar en cuenta es que este un término que no está aceptado por la RAE. La palabra nace de la necesidad de utilizar un vocablo para denunciar la violencia llevada a la muerte de las mujeres, sin necesidad que se trate de una esposa —lo que sería un uxoricidio, que forma parte del parricidio—.
El brutal aumento que ha tenido este tipo de homicidios dentro de la sociedad chilena, motivó a los políticos nacionales a iniciar una serie de indicaciones y cambios a la Ley 20.480, situación que fue finalizada durante la jornada de ayer con la firma del documento que tipifica el delito de “femicidio” —y lo diferencia del parricidio— y aumentará los castigos para las parejas que asesinen a las mujeres. Las nuevas penas irán desde 15 años y un día a 40 años de prisión efectiva.
El acto de firma del documento se realizó en el Palacio de La Moneda, y estuvo encabezado por el Presidente Sebastián Piñera y la Ministra del Sernam Carolina Schmidt. La Ley contra el Femicidio promulgada por el Gobierno estará en marcha una vez que sea publicada en el Diario Oficial.
La noticia dada por el Gobierno de Chile, llega sólo tres días después de que se conociera un horrible hecho policial en la ciudad de Rengo. Durante aquel día, el hombre identificado como José Domingo Ugarte Ugarte de 47 años de edad, asesinó de cuatro estocadas a su ex pareja identificada como Mireya del Carmen Salas Jurera de 43 años; tras ello se suicidó a varios kilómetros del lugar. Después de algunas horas, se supo que el homicida estaba siendo investigado por presuntas agresiones cometidas contra su ex mujer, incluso con denuncias ante le justicia.