– Estar inscrito en el Registro Nacional de Transporte Escolar, contar con una luz de seguridad o cinta retro reflectante, antigüedad máxima de 14 años, tiempo de viaje no más de 60 minutos, contar con acompañante al llevar más de 5 preescolares, si es del 2007 en adelante debe contar con cinturón de seguridad en todos sus asientos, estas son algunas de las exigencias que los furgones escolares deben cumplir para estar en norma.
Gisella Abarca
El transporte escolar es uno de los tantos temas que preocupa a los padres durante febrero, servicio que se comienza a utilizar activamente el mes de marzo, ya que es el medio a través del cual los hijos se desplazan de la casa a sus lugares de estudio y su regreso.
Es aquí donde nacen cientos de interrogantes en cómo elegir bien un transporte escolar, por lo que es necesario tener en cuenta una serie de normas y recomendaciones vigentes a fin de tener un viaje seguro y sin riesgos.
¿EL CONDUCTOR ESTÁ HABILITADO PARA TRABAJAR CON NIÑOS?
En esta línea, Carabineros de Chile, en voz del comandante de la Prefectura de Cachapoal, Patricio Tirado entregó recomendaciones y normas básicas que hay que considerar a la hora de contratar un servicio de transporte escolar.
“Es fundamental saber y tener conocimiento si el conductor del transporte escolar está habilitado para trabajar con menores de edad, para ello -dijo- hay una plataforma habilitada en página del registro civil, donde podrán ingresar los datos del conductor y poder corroborar esta información”, acotó el subprefecto administrativo.
Aquí, la autoridad policial recomienda que los padres consulten a los transportistas en el Registro de Inhabilidades para trabajar con niños. Este servicio, entrega información sobre las personas que han sido condenadas por violación, abuso sexual, actos de connotación sexual y producción de pornografía infantil; sustracción de menores y robo con violencia o intimidación a menores de edad.
Además, se pueden verificar los datos del transportista contratado a través del Registro Nacional de Transporte Escolar del Ministerio de Transporte, en donde aparece toda la información del conductor ingresando la patente del vehículo.
En segundo lugar – agregó el comandante- se deben revisar los datos del otro adulto que va dentro del vehículo. Y es que una de las obligaciones que se encuentran en la normativa, indica que cuando hay más de cinco menores en edad preescolar, debe ir una segunda persona, quien también deberá estar inscrito en el registro nacional.
SEGURIDAD EN EL VEHÍCULO
En cuanto a la seguridad del vehículo, una de las preocupaciones más frecuentes de los padres, es si la silla de autos debe utilizarse en el transporte escolar. Al respecto, el comandante Patricio Tirado explicó que la nueva normativa que entró en vigencia es para los vehículos livianos.
Para el caso de los furgones escolares, destacó que los menores deben viajar obligatoriamente con el cinturón de seguridad puesto y no necesariamente con silla o alzador. No obstante, destacó que “es obligatorio que todos los transportes escolares del año 2007 en adelante cuenten con cinturones de seguridad en todos sus asientos”.
El subpefecto administrativo de Cachapoal, agregó que, además, el transporte escolar
“Debe contar con la huincha retro reflectante o la luz estroboscópica y con el letrero con la leyenda Escolares que podrá ser utilizada en el techo o los laterales del vehículo”.
Adicionalmente, apuntó que los padres se deben asegurar que las personas cuentan con los permisos correspondientes para transportar personas. En este caso, deben tener licencia profesional A1 (antigua) o A3 (actual).
Finalizó recomendando a los padres solicitar la documentación de los vehículos y verificar que ésta se encuentra al día, asimismo corroborar que el conductor respete la capacidad máxima de pasajeros señalada en la revisión técnica.
CONSEJOS DEL SERNAC AL CONTRATAR TRANSPORTE ESCOLAR
Existen requisitos fundamentales a la hora de tomar la mejor opción al momento de contratar un transporte escolar, en esta línea, el director Regional del SERNAC, Mauricio Retamal, explicó que “los padres, tienen derecho a la información de precios, horarios y recorridos, así como exigir que se cumplan todas las normativas vigentes en transporte”.
Es decir, apuntó, los apoderados tienen derecho a que se le informen las condiciones del servicio y se respete lo acordado. Lo anterior incluye el precio, recorrido y horarios.
Al momento de contratar, recomendó Retamal “Exija siempre un contrato por escrito y examine el cumplimiento de la ley tanto del vehículo como del conductor”.
Además, apuntó, durante el trayecto, los estudiantes tienen derecho a ser transportados en forma segura, lo que implica el uso de cinturón de seguridad.
En cuanto a la La Ley de Sillas Infantiles, señala que esta normativa rige solamente para vehículos livianos, excepto taxis. Por lo tanto el bus escolar –que es un transporte mediano- no exige el uso de éstas. Aquí argumentó que el tiempo de viaje desde y hacia el colegio no debe superar los 60 minutos.
ALGUNAS EXIGENCIAS AL TRANSPORTE
Al momento de contratar un servicio de transporte escolar, la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (Conaset) explica que es necesario que se verifique que el vehículo y el conductor esté inscrito en el Registro Nacional de Transporte Escolar, lo que se puede verificar con la patente del movil en www.fiscalizacion.cl.
Además Conaset informa que quienes realicen transporte escolar, deben entregar una copia autorizada del certificado de inscripción en los establecimientos educacionales que presten servicios, así como a los padres y apoderados que lo requieran.
En cuanto a la revisión técnica, ésta debe indicar la capacidad máxima de pasajeros, cifra que debe ser informada al interior del vehículo y respetada por el conductor.
Por su parte, la antigüedad máxima para los vehículos de menos de 3.860 kilos es de 14 años, informa Conaset.
En cuanto al tiempo de viaje del transporte escolar desde y hacia el colegio, argumenta la Comisión Nacional, no debe superar los 60 minutos. En su web, además, explica que se prohíbe el traslado de menores de ocho años en los asientos delanteros.
En tanto, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones recomienda a los apoderados suscribir un contrato, por escrito, al momento de solicitar un servicio de transporte escolar. De esta manera el acuerdo entre las partes será más transparente y podrá ser útil ante eventuales incumplimientos.
En caso de consultas u observar irregularidades en servicios de transporte escolar, padres, madres y apoderados pueden contactarse al fono (02) 22362222 o hacer una denuncia en el sitio web: www.transporteescucha.cl
RECOMENDACIONES DENTRO DEL FURGÓN
– Conversa con tu hijo para que durante el traslado esté tranquilo y no moleste al conductor.
– Los niños deben viajar sentados y evitar exponer sus manos o cabeza fuera de las ventanillas.
– Los niños siempre deben trasladarse con el cinturón de seguridad.
– El furgón y el conductor deben estar inscritos en el Registro Nacional de Transporte Escolar (Verificar la patente en www.fiscalización.cl)
– Si el tío o tía del furgón lleva más de cinco niños preescolares, debe viajar acompañado de otro adulto registrado en la Seremi de Transporte.
Entérate de la antigüedad de los furgones escolares y si éste cuenta con cinturones de seguridad. Además, conoce el registro de personas inhabilitadas para trabajar con menores de edad, en http://apps.mtt.cl/consultaweb/