Los aurinegros habían apelado al fallo de primera instancia por el caso de Héctor “Toto” Lazo, pero dicho recurso fue resuelto de forma contundente en favor de los verdes: 4-0.
Ricardo Obando
El primero de los casos judiciales que han retrasado el inicio de las liguillas de ascenso y descenso en la Segunda División Profesional llegó a su fin.
Este lunes, en un fallo unánime, la segunda sala del Tribunal de Disciplina de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP), determinó confirmar la resolución de primera instancia y negar la petición de resta de puntos a General Velásquez, presentación realizada por Fernández Vial, conjunto que quedó fuera de la disputa por el ascenso a Primera B.
En ese sentido, ayer, desde Quilín se informó que la resolución fue clara y contundente, negando la valía de los nuevos antecedentes presentados por los penquistas, los que finalmente no quedaron en nada, ya que argumentaban que Velásquez había cometido una falta al reglamento por la participación del ayudante médico, Héctor “Toto” Lazo, en la preparación de porteros previo a los partidos.
Respecto a lo que indica el fallo, este apunta que la “Segunda Sala del Tribunal de Disciplina de la ANFP, por la unanimidad de sus integrantes presentes en la audiencia antes indicada, oídas las partes, con sus réplicas y dúplicas, las respuestas a las preguntas efectuadas por los integrantes del tribunal, el debate de rigor efectuado inmediatamente terminada la audiencia pública, estima que de las alegaciones del club recurrente no revisten el carácter de suficiente para dar por acreditada la infracción que pretende reclamar”.
Es más, apunta que “en la especie, no existe prueba directa alguna que pudiere a estos jueces deportivos, acoger la tesis propuesta por el recurrente y ser estrictos asimismo, con lo prescrito en el artículo 49, citado por las partes, que siendo una norma de carácter sancionatoria debe ser aplicada en su mérito de manera restrictiva, con prueba de tal suficiencia que permita crear convicción en los sentenciadores que 3 se ha producido por una parte la infracción expuesta y por la otra aplicar el reproche adecuado y proporcional en la materia”.
En conclusión, señala el documento, “se confirma la sentencia de la Primera Sala del Tribunal Autónomo de Disciplina de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional de fecha 10 de septiembre de 2018 y por tanto, no se hace lugar a la pretensión de la recurrente. Notifíquese, regístrese y archívese en su oportunidad”.
Cabe consignar que, la votación de los integrantes de la instancia fue de 5-0, con la participación de los juristas Jorge Burgos, Jorge Ogalde, Carlos Torres y Ernesto Vásquez.
De esta manera, General Velásquez mantiene la tercera ubicación en la tabla de posiciones iniciando la liguilla por el título con 3 puntos, mientras que Fernández Vial tendrá que luchar por mantener la categoría en el mini torneo por el descenso.
Ahora, solo resta conocer el fallo respecto a la apelación de Deportes Santa Cruz en el caso de la denuncia efectuada por Deportes Vallenar, la que en primera instancia le dio la razón a los nortinos, hecho que además terminó sacando de la lucha por el ascenso a Colchagua CD, elenco que se encuentra expectante a la espera de la resolución. Esto porque, otra acusación de los vallenarinos en desmedro de General Velásquez, por el mismo caso de Lazo, quedará en nada al haber ya jurisprudencia.