Fernando Ávila F.
En el mes de noviembre de año 2016, Carmen Gloria León Ferrada, se encontraba en su casa de campo ubicada en sector Ranquilhue, camino a Pumanque en compañía de su pareja Luis Orlando Pérez Lizama. En dicho lugar se encontraron con el acusado Beimar Marín Villa, quien supuestamente poseía poderes sobrenaturales y espirituales, quien a esa fecha estaba tratando a Luis Orlando Pérez Lizama, por su adicción al alcohol, con diversas pócimas, tratamiento por el cual la víctima pago la suma de 2 millones 450 mil pesos.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santa Cruz, , por votación unánime decidió condenar a Beimar Marín Villa por su responsabilidad en calidad de autor de un delito consumado de estafa, hechos cometidos en perjuicio de las víctimas Carmen Gloria León Ferrada y Uriel Patricio Urzúa Arroyo, en el mes de noviembre de 2016.
Se demostró la existencia de una puesta en escena realizada por el acusado Marín Villa para efectos de engañar a las víctimas, consistente en que él tenía ciertas habilidades y poderes espirituales que le permitirían solucionar los graves problemas que ellas presentaban.
Según señala el fallo, Carmen Gloria León confió en la promesa del acusado de hacer superar el problema de alcoholismo de su pareja a través de las oraciones y rituales que Marín le indicó, y asimismo en el caso de Uriel Urzúa, quien también llevado por sus ansias de superar los problemas económicos y que su pareja regresara con él, pidió al acusado su intercesión a su favor; en ambos casos a través de la alta retribución económica que este les exigió. Si bien esto nació como un acuerdo para la prestación de servicios, dado el engaño de que fueron víctimas porque el acusado les ofreció cosas que en definitiva resultaban imposibles de cumplir con esos métodos, conforme a los principios de la lógica, ya que al final, efectivamente así sucedió y no obtuvieron los resultados deseados y prometidos, puesto que las situaciones aflictivas de los afectados no cambiaron.
En esa línea, Carmen León refirió que estando en su terreno familiar del sector Ranquilhue de la comuna de Pumanque, en compañía del acusado, este le señaló que podía percibir que allí ella tenía una gran bendición, y luego le precisó que eso era porque había una gran cantidad de oro enterrado, que podría hacer surgir a través de un ritual que exigía ciertas condiciones, entre ellas que se enterrara 80 gramos de oro.
Ella creyó esto, al igual que su pareja cuando le informó, y fue así que dijo haber concurrido a comprar esa cantidad de oro a la Joyería Arenas de Santa Cruz. Explicaron ambos cómo después se hizo el ritual anunciado, estando solo los dos junto a Marín, siendo enfáticos en señalar que, en medio de la noche, vestidos de blanco y con Marín realizando oraciones y ritos con otros objetos y fragancias, les pidió las láminas del metal que había adquirido. La primera, las amarró con unos hilos y las enterró en un hoyo que Pérez había cavado, momento en que les pidió apagar las luces con que alumbraban el sector, conminándolos a tapar rápidamente el hoyo con tierra y retirarse de inmediato.
Esperanzados de lo prometido ambos esperaron semanas para ver el resultado, sin producirse, requiriendo explicación a Marín, el que les dijo que ello no se había logrado porque Pérez había vuelto a beber y contado a otra persona lo que habían hecho, diciéndole a León que podía repetir el ritual para tratar que resultara, lo que hicieron, mediando otra compra de oro en la misma joyería, esta vez de 40 gramos.
Repitieron así la operación, pero nuevamente no obtuvieron el resultado esperado. Las dos compras de láminas de oro realizadas por la señora León implicaron un pago total de 2 millones 575 mil pesos. Pérez por su parte indicó que todo el oro les costó cerca de los 3 millones y se aportó el documento denominado orden de trabajo de Joyería Arenas, fechado el 4 de noviembre de 2016.
El tribunal estimó que el acusado, valiéndose de la confianza que les había generado, los engañó haciéndoles creer que habían enterrado las láminas de oro compradas por la mujer y dejándolas en el lugar para que se cumpliera el supuesto ritual y objetivo, cuando en verdad él, aprovechando que apagaron las luces, se apropió de las láminas sin que se percataran.
Esa conclusión se reforzó con el testimonio de Laura Brito Ramos y Sandra Ferrer Ramos, quienes coincidieron en relatar que también conocieron y contrataron a Marín para que las ayudara con problemas personales a fines de noviembre de 2016, a quien el acusado le ofreció láminas de oro.
En este segundo caso el sujeto recibió como pago un vehículo marca Suzuki modelo Vitara, avaluado en 2 millones 600 mil pesos, esto ofreciendo un ritual para solucionar problemas económicos del afectado.
Se informó que la sentencia del sujeto será comunicada el día sábado 19 de enero a las 11:00 horas.