- El sujeto tras rociar con combustible a la víctima, pretendió encender fuego para quitarle la vida.
Este martes 6 de agosto, se dio a conocer la sentencia condenatoria en el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de San Fernando, respecto a un lamentable hecho de violencia ocurrido en esa ciudad durante septiembre del 2018.
Los antecedentes fueron investigados por la fiscal adjunto de San Fernando, Edith Orellana, quien tras el juicio oral seguido en contra de J.A.G., pudo acreditar ante el Tribunal Oral en lo Penal de esa ciudad, la directa participación del acusado en los hechos.
Según los antecedentes, el imputado de 67 años, el día 07 de septiembre del año 2018, en horas de la tarde, llegó hasta el domicilio de su ex conviviente, a quien insultó y amenazó con quitarle la vida si no se iba con él, todo ello mientras sostenía un bidón con combustible entre sus brazos.
Posterior al maltrato verbal, el sujeto comenzó a rociar con bencina tanto las dependencias del inmueble, como a la propia víctima, la que gracias a la intervención de su hija, la llegada oportuna de Carabineros, pudo evitar que el imputado encendiera fuego.
Tras el juicio oral, el Tribunal acogiendo los argumentos contenidos en la indagatoria de la Fiscalía, quien logró acreditar no sólo los hechos de violencia ocurridos ese día, sino que también el historial de violencia que sufrió la víctima y sus cinco hijos durante el tiempo de convivencia como familia (29 años) decretó una sanción de 8 años de presidio contra el imputado, por el delito de femicidio en grado de tentado, la que deberá cumplir de manera efectiva.
En esta instancia además del Ministerio Público, el Sernameg O’Higgins, también fue interviniente en el proceso querellándose por el delito, por medio de la Abogada Encargada Regional de Femicidios y Violencia Extrema Lisette Salgado quien frente a este caso y el veredicto condenatorio, señaló “lo relevante del fallo es que se acreditó, más allá de toda duda razonable, la intención directa de terminar con la vida de la víctima por parte del condenado; sin dejar lugar a dudas que se trata de un hecho extremo de violencia de género”, agregó la profesional.
En tanto, la directora regional (s) de SernamEG, María Francisca Baeza agregó que “este fallo constituye un precedente para casos similares en los que se cuestiona el dolo homicida, por lo que el pronunciamiento del Tribunal de Juicio Oral de San Fernando, se ajusta a los mandatos legales respecto a sancionar con penas ejemplificadoras los casos de violencia cometidos a mujeres y que este tipo de agresiones en las relaciones de pareja o ex-parejas, nos debe interpelar como sociedad, poniendo siempre el énfasis en relaciones basadas en el respeto y colaboración, creyendo firmemente, que todas las mujeres estamos llamadas a vivir una vida sin violencia por derechos propio”, finalizó.