De acuerdo a la investigación desarrollada por la Fiscal adjunto de Santa Cruz, Carmen Gloria Agurto, los hechos se registraron entre la noche del 12 y madrugada del 13 de mayo del año 2017 al interior de un domicilio ubicado en la comuna de Paredones.
Según los antecedentes que fueron materia de esta indagatoria, a eso de las 03:30 de la madrugada, el imputado comenzó a golpear a su víctima, además de estrangular su cuello, lo que le provocó lesiones que en definitiva le causaron la muerte.
Durante el juicio oral seguido en contra del acusado, Nicolás Rivera Ríos de 34 años de edad, la Fiscalía presentó diversos antecedentes y medios de prueba, que permitieron al Tribunal concluir en la participación del encausado, decretándose con ello una condena de 14 años de cárcel por el delito de femicidio en grado de consumado.
LOS HECHOS
El tribunal dio por acreditado que en horas de la madrugada del 13 de mayo del año 2017, “en el domicilio ubicado en el sector San Francisco sin número, Bucalemu, comuna de Paredones, donde se encontraban arrendando una cabaña la víctima Magyory Araceli Ponce Barrios y el acusado Nicolás José Rivera Ríos, luego de mantener una discusión que se origina al salir la víctima desnuda al exterior de la habitación, lo que le molestó al imputado, sin justa causa éste le dio un golpe de puño en la cara, ejerciendo además compresión sobre el cuello con ambas manos mientras la golpeaba contra el piso de material sólido de la habitación”.
A consecuencia de la agresión, la víctima sufrió múltiples lesiones que le provocaron la muerte en el lugar, producto de contusiones cerebrales, hematoma subdural, hemorragia subaracnoidea y traumatismo craneoencefálico contundente cerrado.
En fallo unánime el tribunal aplicó, además, a Rivera Ríos las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; más al pago de las costas del proceso.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.