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Existen tres tipos de pensiones: pensión de vejez, de invalidez y de sobrevivencia.
La pensión de vejez se financia principalmente con los aportes obligatorios y voluntarios que realiza cada trabajador o trabajadora en su cuenta individual de la AFP.
A la pensión de invalidez tienen derecho los afiliados, hombres o mujeres, de entre 18 y 65 años y que estén trabajando (no pensionados), que sean declarados inválidos después de ser evaluados por una Comisión Médica de la Superintendencia de Pensiones.
Esta invalidez debe significar una pérdida de por lo menos el 50% de la capacidad física o mental de la persona.
La pensión de sobrevivencia es una protección que otorga el sistema previsional a la familia del trabajador o trabajadora fallecidos, otorgando una pensión a los integrantes de la familia que señala la ley, y que se indican en el cuadro siguiente:
¿Qué es el SIS o el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia?
Muy pocas personas saben cómo funciona este seguro y qué beneficios tiene para las y los trabajadores.
Si un trabajador cotiza en una AFP, está protegido por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS). Es un seguro obligatorio y se financia con una prima o comisión mensual de 1,99% de la renta imponible, que paga el empleador a la AFP.
Cubre a los afiliados dependientes, independientes y voluntarios.
El principal beneficio que entrega este seguro es un monto asegurado de pensión en caso de que el trabajador se encuentre incapacitado de trabajar debido a un accidente o enfermedad de tipo común, así como también un monto asegurado de pensión para la familia si fallece.
FINANCIAMIENTO DEL SEGURO SIS
Para los trabajadores y trabajadoras dependientes (con contrato de trabajo) o los funcionarios públicos, el aporte para el pago de la prima de este seguro lo efectúa el empleador. Es decir, no se descuenta de la remuneración del trabajador.
En el caso de las y los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios pagan su cotización en la Operación Renta en abril de cada año, independiente de la alternativa que escojan en su declaración de impuestos: Cobertura Total o Cobertura Parcial. Sólo los cotizantes voluntarios pagan este seguro mes a mes.
El monto actual de esta cotización es de 1,99% de la renta imponible.
MEDIDAS DE EQUIDAD DE GÉNERO PARA EL SEGURO SIS
Igualdad de Cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) para Hombres y Mujeres
Otra de las medidas de equidad de género que introdujo la reforma previsional de 2008 (Ley 20.255) fue respecto del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS). Dicho cuerpo jurídico estableció para el pago del SIS una prima diferenciada entre hombres y mujeres, rebajando el valor a estas. Así, a contar de 2011 mujeres y hombres cotizan igual monto para dicho seguro (actualmente 1,99% de la renta imponible), pero a ellas se les devuelve una diferencia dada la menor siniestralidad que observan en cuanto a accidentes y muertes.
El destino de esa diferencia es la Cuenta de Capitalización Individual, aumentando así su ahorro y su pensión futura.
En segundo lugar, se iguala la cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) para las mujeres hasta los 65 años, equiparando el período de cobertura al de los hombres.
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