Alejandro Gómez, coordinador del Centro de Educación Ciudadana y académico de la Facultad de Derecho y Gobierno de la Universidad San Sebastián, explica cuáles son los roles y diferencias entre el Gobernador Regional y el Delegado Presidencial.
- En el caso del Gobernador Regional, su elección es por votación popular y su cargo se extiende por 4 años, pudiendo ser reelegido en forma consecutiva sólo para el período siguiente. Es decir, puede ejercer el cargo por un máximo de 8 años.
- Es el que reemplaza la figura del Intendente y presidirá el Consejo Regional, siendo su órgano ejecutivo en la región.
- Dentro de sus tareas y como lo señala la ley está la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependen o se relacionan con el Gobierno Regional.
- También podrá asignar recursos de los programas de inversión regional, de los programas de inversión sectorial de asignación regional y aquellos que corresponda de acuerdo a la transferencia de competencias que establezca el Poder Ejecutivo.
- Su rol es autónomo y puede formular políticas de desarrollo de la región y someterlas a la aprobación del Consejo Regional. Respecto a sus funciones, no tiene el deber de informar al Presidente de la República acerca de sus funciones.
La otra vereda
- En una situación completamente distinta se encuentra el Delegado Presidencial. Como su nombre lo indica es una autoridad nombrado por el Presidente de la República y lo representa en el territorio regional.
- Ejerce el gobierno interior de cada región y la duración de su cargo está sujeta al tiempo que cuente con la confianza del Jefe de Estado.
- Le corresponde la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región, que dependan o se relacionen con la Presidencia a través de un Ministerio.
- Responde administrativamente ante el Ministerio del Interior y debe seguir las instrucciones establecidas por el Presidente de la República a través de esa cartera.
- Sus funciones están relacionadas con el orden público y resguardo de las personas y bienes, entre otras.