Por: Ximena Mella Urra
El próximo 5 de mayo termina la vigencia de la Ley N° 21.249 más conocida como Ley de Servicios Básicos, la cual establece que las empresas que otorgan este tipo de suministros, no pueden cortar el servicio por no pago de su deuda y a su vez deben entregar diversas facilidades a sus clientes para regularizar su situación.
Debido al corto tiempo que queda, es que la eléctrica CGE está reforzando el llamado a utilizar este apoyo que por ley rige desde agosto del año pasado. “El objetivo de esta ley es facilitar el pago de deudas de los clientes hasta el día de hoy, para una repactación de hasta 36 cuotas mensuales, según elija el mismo cliente, sin intereses, multas ni otros costos asociados. Ellos pueden hacer uso de este beneficio con el respaldo de esta ley. Por eso llamamos a los clientes a que se acerquen a las empresas distribuidoras para que se inscriban”, comenta a #DiarioElRancagüino, el gerente Zonal O’Higgins de CGE, Felipe Massardo.
Según lo que establece la ley, para acceder a estos beneficios es requisito encontrarse en alguna de las siguientes situaciones, como pertenecer al 60% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares; ser adultos mayores; ser trabajadora o trabajador acogido a la Ley de Protección del Empleo; encontrarse entre quienes estén recibiendo el Seguro de Cesantía; y ser trabajadora o trabajador independiente o informal, afectado por una disminución significativa de ingresos, lo que debe ser acreditado mediante una declaración jurada simple. Además, la ordenanza incluye que el beneficio puede ser solicitado por los clientes hasta 30 días después del término de la vigencia de ley, vale decir que tendrían plazo hasta el 5 de junio de 2021.
En el caso de esta compañía, Massardo explicó la solicitud se puede realizar hoy y en forma más expedita mediante tres formas vía remota ya que gran parte de las oficinas comerciales de CGE se encuentran cerradas y sin atención a público debido a las cuarentenas de Fase 1. Desde la empresa fomentan la inscripción vía formulario en su sitio web (www.cge.cl), vía telefónica gratuita 24/7 (800 800 767), mediante correo electrónico (atencionclientes@cge.cl) y en las oficinas que se encuentren abiertas dependiendo de la Fase en que se encuentre cada comuna. Estos canales también pueden recibir otros trámites, reclamos o hacer un seguimiento de la solicitud del beneficio en caso de no haber recibido respuesta.
5 MIL DE 92 MIL CLIENTES
“Invitamos a nuestros clientes que se acerquen o ingresen a los canales de información para que se inscriban con el beneficio”, insistió. “Tenemos aproximadamente 370 mil clientes en la Región de O’Higgins de los cuales unos 92 mil están con deuda en su cuenta. Pero solo 5 mil han optado a este beneficio lo cual es muy poco, solo el 5% o 6%. Esto es preocupante porque hablamos de clientes que ya tienen una carga económica importante en sus cuentas y si no aprovechan este beneficio al final se va a ir acumulando su deuda”, opinó el gerente zonal. Dicha situación se debería a su juicio, a las medidas de restricción de movilidad en las comunas donde CGE posee oficinas comerciales. Desde este lunes 19 se reabre la de Santa Cruz con atención de lunes a viernes entre 08:30 y 13:30 horas, y sigue operando los días viernes en el mismo horario la oficina de Navidad.
Según Massardo, la respuesta es automática para los clientes domiciliarios, mientras que hay un plazo de hasta 5 días en el caso de los clientes pymes. “Lo que se repacta es lo que está en la cuenta de un cliente y puede elegir de una a 36 cuotas. Esta solicitud la pueden hacer en nuestro sitio web adjuntando la cédula de identidad, y haciendo una declaración donde explique con la mayor precisión posible su situación actual y no una declaración notarial. Queremos facilitar este ingreso haciéndolo lo más simple y expedito posible para todos”, concluyó.
Recuerde que este mecanismo está pensado para todas aquellas personas o pymes que hayan tenido problemas para pagar sus cuentas, ya sea porque están sin trabajo, han disminuido sus ingresos o, en el caso de las pequeñas empresas y comercios, hayan debido cerrar o sus ventas se hayan visto afectadas. “El objetivo es que puedan acogerse a estos convenios para regularizar su situación y sigan contando con energía”, declararon desde CGE.
REQUISITOS PARA ACCEDER AL BENEFICIO
- Estar dentro del 60% más vulnerable del Registro Social de Hogares.
- Tener la calidad de Adulto Mayor.
- Estar percibiendo beneficios o prestaciones de la Ley N° 19.728, que establece un seguro de desempleo.
- Estar acogido a alguna de las causales de la Ley N° 21.227, que faculta el acceso a prestaciones del seguro de desempleo de la Ley N° 19.728, en circunstancias excepcionales, ya sea por la suspensión de la relación laboral o por la celebración de un pacto de reducción temporal de jornada.
- Ser trabajador independiente o informal que está siendo afectado por una disminución significativa de ingresos que justifica el acceso a los beneficios o que se encuentre imposibilitado de dar cumplimiento a las obligaciones de pago, lo cual debe ser acreditado mediante una declaración jurada simple.
- Pertenecer a las dependencias destinatarias del suministro a alguna de las siguientes categorías: hospitales, cárceles, hogares de menores en riesgo social, hogares de adultos mayores, bomberos, microempresas, organizaciones sin fines de lucro.