La pandemia produjo una considerable congestión en la tramitación de las causas en los Tribunales de Justicia, por ello el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, lideró dos mesas de trabajo convocando a la Academia y a los distintos protagonistas como el Poder Judicial, el Ministerio Público, la Defensoría Penal Pública, el Consejo de Defensa del Estado, el Colegio de Abogados de Santiago y Valparaíso, entre otros, con el objetivo de abordar este importante tema. Este trabajo interinstitucional permitió elaborar un proyecto de ley que en días pasados concluyó su tramitación en el Congreso. Esta nueva Ley introduce reformas y perfeccionamientos al sistema de justicia tanto en materia Penal como en Materia Civil, Laboral, de Familia e incluso, en las causas que tramitan los Juzgados de Policía Local.
A través de esta iniciativa se relevan las buenas prácticas surgidas a causa del confinamiento que debimos observar durante largo tiempo y que nos obligaron a relacionarnos vía remota con audiencias telemáticas o videoconferencias, permitiendo así la continuidad de los procedimientos judiciales prioritarios y urgentes, pero abordando también de manera eficiente los inconvenientes surgidos por la suspensión de las audiencias de juicios, los términos probatorios, entre otros, que impidieron el normal funcionamiento de nuestro sistema judicial.
A modo de ejemplo, en materia de justicia penal y en determinadas causas, la ley establece nuevas oportunidades para solicitar y decretar el procedimiento abreviado, los acuerdos reparatorios, la suspensión condicional del procedimiento y para arribar a convenciones probatorias, consagrando una “audiencia intermedia“, todo ello con el fin de ampliar la oportunidad procesal para acordar aquellas instancias. Asimismo, y transitoriamente, la iniciativa legal posibilita la realización por vía remota o de manera semipresencial las audiencias del juicio oral ordinario y juicio oral simplificado entregando, eso sí, a las partes intervinientes la facultad de oponerse a estos medios al considerar que dicha modalidad pudiere afectar las garantías del debido proceso. Finalmente, y con el objeto de limitar la presencia física de las personas en los Tribunales se establece de forma transitoria que los Juzgados de Garantía y los Tribunales de Juicio Oral en lo Penal (TOP) resuelvan por escrito algunas solicitudes consideradas de mero trámite.
Asimismo, se contemplan reformas en materia Civil, Laboral, Familia y de Policía Local dentro de las que destacan: la de establecer, previa solicitud de las partes, audiencias y alegatos remotos posibilitando su comparecencia a las audiencias decretadas por los Juzgados y las Cortes, también se modifica la forma de constituir patrocinio y poder, de practicar las notificaciones de las resoluciones, de realizar las subastas públicas e incluso la de realizar una mediación familiar bajo esa misma modalidad.
Con esta iniciativa legal, se aminoran los efectos adversos que ha tenido la pandemia en el normal funcionamiento de los Tribunales de Justicia, propiciando las condiciones para que las personas que pudieren haber visto afectados sus derechos, al fin reciban una oportuna administración de justicia.
Seremi de Justicia y DDHH de la región de O´Higgins, Bárbara Perry.