Por: Fernando Ávila F.
Fue en horas de la mañana del 26 de enero del año 2021, que funcionarios de la Brigada Antinarcóticos de la PDI tomaron conocimiento que Ingrid Yessenia Castro Solís se desplazaría desde ciudad de Calama transportando droga para su comercialización en Rancagua.
“Para el efecto, vendría en un bus interprovincial desde la ciudad de Calama hasta Santiago primeramente, donde posteriormente tomaría contacto con un ciudadano de Rancagua para efectos de trasladarse hacia esta ciudad”.
En esa circunstancia, también se pudo establecer que la manera o la modalidad de transporte era ocultar en un aire acondicionado portátil que traía la imputada como equipaje.
Fue así como funcionarios policiales se trasladan, para poder realizar la irrupción, al terminal de buses ubicado en Libertador Bernardo O’Higgins 3750, Estación Central, donde con los múltiples indicios que se contaba y antecedentes que se mantenían respecto del transporte de droga y la forma en que se realiza, fue que pueden descubrir a la imputada Ingrid Castro Solís quien se desplazaba en un bus de la empresa Turbus y era una ciudadana colombiana y, justamente, mantenía un aire acondicionado como transporte.
Se hace el control de identidad, logrando determinar su identidad e inmediatamente al registro de su equipaje específicamente el aire acondicionado, se dan cuenta que contenía la cantidad de 17 kilos 62 gramos 3 miligramos de marihuana y 10 kilos 917 gramos y 2 miligramos de pasta base de cocaína”, detalla la sentencia.
Tras la investigación, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a Ingrid Yessenia Castro Solís a la pena efectiva de 10 años de presidio, en calidad de autora del delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
En fallo unánime el tribunal aplicó, además, a Castro Solís las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargo y oficios públicos durante el tiempo de la condena; más el pago de una multa de 40 UTM y de las costas de la causa.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de la sentenciada para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados. Además, se decretó el comiso y posterior destrucción de la toda la droga incautada.