Por: Ximena Mella Urra.
Ya sabemos que el plebiscito de salida con voto obligatorio para aceptar o rechazar la nueva constitución, será el domingo 4 de septiembre del presente año. Lo anterior porque la Convención Constitucional anunció que su trabajo concluirá el 5 de julio, por lo que el reglamento dice que la consulta debe hacerse 60 días después de esta fecha. Entonces, el plazo que el Servel maneja para que las personas cambien su domicilio electoral, es hasta dicho mes, antes que el Presidente publique el decreto que convoque a plebiscito constitucional.
Desde la oficina regional del servicio, se informó a El Rancagüino que circuló la noticia falsa en las redes, principalmente, de que el plazo se cumplía este jueves 13 de abril, fecha que fue desmentida hasta este lunes al cierre de esta edición. El motivo se basa en que se debe esperar por la firma del decreto por parte del Presidente de la República, para que el Servel estructure su forma y cronograma de trabajo definitivo para estos comicios de septiembre. Al firmarlo se llamaría así al plebiscito de salida pocos días después que se presente el borrador de la nueva Constitución en julio próximo. Entonces el plazo para cambiar el domicilio electoral culmina el día en que se publique el decreto en que el Presidente de la República convoca al plebiscito constitucional, explicaron.
Si quieres realizar desde ya este trámite, recuerda que debes contar con tu clave única e ingresar al sitio www.cambiodomicilio.servel.cl . Si no la tienes acércate a una oficina del Servel y ahí te ayudarán. La solicitud de dicho trámite se verá reflejado después de 20 a 25 días hábiles.