Mucho se ha analizado sobre la conducción de la política exterior. Y un aspecto poco abordado, pero relevante en materia internacional se refiere al Cambio Climático, área en que el país registra un auspicioso balance.
El 9 de enero pasado, Chile y Colombia solicitaron una opinión consultiva a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. ¿El objetivo?: aclarar los alcances de las obligaciones jurídicas que recaen sobre los Estados del continente, la prevención y garantías de Derechos Humanos respecto de la crisis climática, procedimientos judiciales y responsabilidades compartidas. Esta es una noticia alentadora.
Es importante que dos gobiernos reconozcan que existen obligaciones jurídicas que se vinculan con los Derechos Humanos reconocidos en el Pacto de San José de Costa Rica, el principal instrumento regional sobre derechos fundamentales. Tales obligaciones requieren ser identificadas para precisar los procedimientos judiciales a disposición de quienes sean víctimas del Cambio Climático y vean conculcados sus derechos.
Esto supone una voluntad de los Estados de avanzar en políticas y medidas contra el fenómeno climático que introduzcan la variable de los Derechos Humanos, desde su concepción e implementación, sin perder de vista que la litigación es una realidad y que las víctimas deben tener conocimiento y acceso a estos procedimientos.
La presentación de las autoridades chilenas para entender las consecuencias jurídicas del calentamiento global no es un evento aislado. Al contrario, forma parte de una tendencia internacional en la materia: el 12 de diciembre de 2022 se presentó una solicitud de opinión consultiva ante el Tribunal Internacional del Derecho del Mar, por los gobiernos de Antigua y Barbuda y de Tuvalu, los que actuaron en representación de la Comisión de Pequeños Estados Islas sobre la relación entre Cambio Climático y el Derecho Internacional.
Por otra parte, otra coalición de estos pequeños estados pretende hacer llegar ante la Corte Internacional de Justicia una opinión consultiva para inquirir las obligaciones específicas en materia de Cambio Climático de los Estados Parte de la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, tratado internacional del que Chile es parte.
En ese marco, la consulta hecha por Chile ante la Corte redunda en la construcción del Estado de Derecho en la región que atienda de modo responsable sus obligaciones internacionales en ámbitos ambientales, sociales y económicos, entre otros. Conocer la respuesta a esta consulta será de suma utilidad en términos jurídicos, pero también servirá para dimensionar si la política sobre el Cambio Climático en Chile muestra avances.
Andrea Lucas Garín
Directora Instituto de Investigación en Derecho U. Autónoma
Marco Ossandón
Académico derecho UAH y UAI