Un nuevo Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA), para el Valle Central de la Región de O´Higgins, fue anunciado este miércoles por el subsecretario del Medio Ambiente, Maximiliano Proaño, el cual busca reducir en 59% los niveles de 24 horas de material particulado 2,5 y recuperar las normas de calidad primaria.
El acto se llevó a cabo en la azotea de la Universidad Santo Tomás de Rancagua, donde además estuvieron presentes los delegados presidenciales, Fabio López y Marta Pizarro, de la región de O´Higgins y Colchagua, respectivamente; los Seremis de Medio Ambiente, Giovanna Amaya; Salud, Carolina Torres; Deportes, Macarena Chandía; Energía, Claudio Martínez; Agricultura, Joaquín Arriagada, entre otras personalidades de la región.
Este nuevo Plan de Descontaminación Atmosférica por material particulado 2,5, para el Valle Central de esta región y las 17 comunas que la conforman, fue publicado en el Diario Oficial, enfocado en el control de leña en zonas urbanas.
El subsecretario, Maximiliano Proaño, anunció que el propósito de este plan contiene una serie de medidas que permitirán reducir la contaminación atmosférica y mejorar la calidad de vida de más de 700 mil personas, que residen en el Valle Central de la sexta región.
“Este es un plan de descontaminación de material particulado de 2,5, que posee medidas bien ambiciosas y el compromiso de nuestro gobierno es elevar los estándares ambientales para mejorar la calidad de vida de las personas, descontaminando las ciudades”, expresó Proaño.
El funcionario se refirió a la restricción de uso de leña en zonas urbanas y estándares de los calefactores, con el fin de cambiar esta modalidad; así como también la educación ambiental, que es fundamental para la ciudadanía.
Con respecto a las nuevas construcciones, el subsecretario de Medio Ambiente señaló que el PDA, también hace referencia a las viviendas existentes, en cuanto a reforzar los subsidios de aislación térmicas, pero también a las viviendas nuevas que se construyen en el Valle Central de la Región, ya que el estándar está sobre la ordenanza general de urbanismos y construcciones vigentes.
La Delegada Presidencial Provincial de Colchagua, Marta Pizarro, comentó que “este primer lanzamiento del PDA apunta a mejorar la calidad de vida de todas las personas y al trabajo que debemos realizar multisectorialmente en la región…”.
Por su parte, la Seremi de Medio Ambiente, se mostró complacida por el cumpliendo de este Plan que lleva desde el año 2017, que inició como declaración de zona saturada con material particulado 2,5 y que hoy día viene a dar respuesta a una problemática y desafío ambiental en la región de O´Higgins.
Anunció Amaya, que “un 78% de la población tiene que respirar este aire, que en la época de invierno se ve bastante alterado”.
Agregó, que la protección a la salud de la población en riesgo (adultos mayores y niños), son los principales beneficiados con este nuevo PDA y que las medidas van a ir justamente a disminuir y atacar este material particulado presente en el aire.
“Esta es una preocupación del gobierno del presidente Gabriel Boric y donde trabajamos con la Contraloría para poder sacar las observaciones adelante que hoy día, 29 de marzo, cierra su ciclo con la publicación”.
Prohibición de leña en 2 años
Anunció también, la prohibición en dos años de la utilización de leña en zonas urbanas de Rancagua y Machalí; y por ello, como responsables de gobierno, deben trabajar para impulsar ese recambio.
El plan establece que “a contar del segundo año desde la entrada en vigencia del presente decreto, se prohíbe en viviendas ubicadas en la Zona A(área urbana de la comuna de Rancagua y área urbana de la comuna de Machalí) el uso de calderas de calefacción de uso domiciliario y el uso de calefactores y cocinas que utilicen o puedan utilizar leña, carbón mineral y vegetal y otros derivados de la madera, para cualquier fin.
En esta área estará permitido el uso de calefactores a pellets de madera que cumplan con los límites de emisión establecidos en el DS N° 39, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba la Norma de Emisión de Material Particulado para los artefactos que combustionen o puedan combustionar leña y pellet de madera.
Al mismo tiempo en la zona B es decir el resto de la zona saturada, A contar de 2 años desde la entrada en vigencia del presente decreto, queda prohibido en las áreas urbanas, el uso de calefactores a leña del tipo salamandras, hechizos y cocinas a leña y a contar de 4 años desde la entrada en vigencia del presente decreto, quedarán prohibidos en las áreas urbanas de la Zona B las calderas de calefacción de uso domiciliario que operen con leña y los calefactores que no cumplan con el DS N° 39 de 2011 del Ministerio del Medio combustionen o puedan combustionar leña y pellet de madera.
Sobre las sanciones a las personas que incumplan las medidas implementadas, la Seremi de Medio Ambiente recalcó que la fiscalización del PDA, radica en la Superintendencia de Medio Ambiente y las medidas estarán asociadas a la falta que exista, resaltando que el día del episodio, Salud podrá ir a fiscalizar y pasar la multa de manera simultánea.
“Esta es la respuesta inmediata que nosotros como autoridades tenemos que dar a la gente”, finalizó diciendo.
Al mismo tiempo el plan por material particulado fino mantiene las prohibiciones ya vigentes por el plan por PM 10, de utilizar chimeneas de hogar abierto y el uso de calefactores a leña en establecimientos comerciales y de servicios, dependencias de Órganos de la Administración del Estado, edificios municipales, establecimientos educacionales, centros de salud, consultorios y centros comunitarios de salud familiar.
Valle Central
El plan por material particulado PM 2,5 regirá en las siguientes comunas del valle central de O´Higgins. Graneros, Rancagua, Doñihue, Olivar, Coltauco, Coinco, Quinta de Tilcoco, San
Vicente de Tagua Tagua, Placilla y, parcialmente, en las comunas de Mostazal, Codegua, Machalí, Malloa, Rengo, Requínoa, San Fernando y Chimbarongo.
LA LEÑA
La combustión residencial de leña es la principal fuente de material particulado fino, representando un 54% de las emisiones. Esto se explica por la proporción de viviendas que consume leña en el área urbana del Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins (44,7%) mientras que, para el área rural, alcanza el 83,2%. Los principales tipos de calefactores a leña utilizados en esta zona corresponden a combustión lenta que representa un 52% (calefactores con templador y sin templador), calefactor hechizo que alcanza un 18%, salamandras con un 15%, chimeneas con un 2% y cocinas a leña un 12%. En base a estos resultados se estimó un número de 115.029 calefactores a leña en la zona saturada.
En atención al aporte que representa la combustión residencial de leña en las emisiones de material particulado, el Plan considera un énfasis especial en la reducción de estas emisiones. Se complementa lo anterior con medidas de control de las fuentes industriales, de transporte y control de quemas agrícolas.
PROHIBICION DE ESTACIONAR EN EL CENTRO DE RANCAGUA
El plan establece que la Seremi de Transportes y Telecomunicaciones, en coordinación con la Seremi de Vivienda y Urbanismo, la Seremi del Medio Ambiente, el municipio de Rancagua y el Gobierno Regional de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins, cada uno en el ámbito de sus competencias diseñarán un Plan de Movilidad Urbana Sustentable en el damero central de la ciudad de Rancagua (entre la calle Ramón Freire por el oriente; Avenida Viña del Mar – Estación por el poniente; Avenida Libertador Bernardo O´Higgins por el norte, y calle Antonio Millán por el sur) con el objetivo de incentivar el uso de transporte público, el uso de ciclovías y la peatonalización, en la zona antes definida.
En particular, el Plan podrá considerar la ejecución de medidas como:
- a) Restricción de acceso de vehículos de logística urbana, aquellos que involucran los movimientos relacionados con la actividad comercial, y el suministro y distribución de bienes, en ejes oriente-poniente y norte-sur, ambos viceversa. Para esto, la Seremi del Medio Ambiente solicitará al Municipio de Rancagua la actualización de la ordenanza municipal de carga y descarga en el damero central con el fin de complementar la restricción de tonelaje con emisiones.
- b) Vías exclusivas para el Transporte Público en sentido oriente-poniente/norte-sur y viceversa para ambos casos, considerando idealmente la fiscalización mediante sistemas automatizados.
- c) Optimización y mejora de los trazados de transporte público en el área.
- d) Eliminación total de estacionamientos en vía pública.
- e) Incorporación de medidas de gestión de tránsito que incluyan mejoras Físicas y
Operativas en intersecciones semaforizadas, integradas al Sistema de Control de Tránsito, para otorgar clara preferencia y prioridad a peatones, ciclistas y transporte público.
- f) Implementación de estacionamientos de bicicletas en las inmediaciones de establecimientos de alta afluencia de público.
El Plan deberá estar terminado en el plazo de 12 meses, contado desde la entrada en vigencia del presente decreto.
El plan completo lo puede leer en el siguiente enlace:
https://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2023/03/29/43514/01/2288121.pdf