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Para entender la Alerta Naranja en el volcán Villarrica.

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Investigador postdoctoral de la UOH  Jorge Romero explica qué significa la alerta Naranja y la importancia de seguir las recomendaciones preventivas.
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Los titulares de las noticias hablan de alerta Naranja para el volcán Villarrica, pero qué significa e implica esta alerta que inquieta a autoridades y habitantes. El geólogo e investigador postdoctoral del Instituto de Ciencias de la Ingeniería (ICI) de la Universidad de O’Higgins (UOH), Jorge Romero, explica que la Red Nacional de Vigilancia Volcánica de Servicio Nacional de Geología y Minería (SERNAGEOMIN) y el Sistema de Protección Civil tienen dos tipos de alerta para medir la actividad de los volcanes.

Así, la Red posee los niveles: Verde, Amarillo, Naranjo y Rojo, para indicar el nivel de actividad volcánica; y el Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (SENAPRED), está pensado para acciones concretas que se deben adoptar y sus colores son verde (temprana preventiva), amarillo y rojo.

“Por lo tanto, -detalla Jorge Romero- que el volcán Villarrica pase de alerta Amarilla a Naranja implica que los parámetros que se monitorean respecto a su actividad han sufrido un cambio y la actividad se ha incrementado. En este caso, la energía sísmica aumentó considerablemente y se comenzaron a observar explosiones en la superficie, además de emisión de ceniza, todo esto en un comportamiento errático y oscilatorio”.

¿Por qué se originan estas situaciones con los volcanes?

“Los cambios en la actividad se relacionan con procesos profundos que ocurren al interior del volcán. Estamos hablando de entre 4 y 19 kilómetros de profundidad. Además, el Villarrica es un volcán especial, que posee una chimenea repleta de roca fundida en su interior, la que es visible en superficie como un lago de lava. Desde las profundidades, el flujo de gases puede incrementar de forma cíclica, produciendo aumentos en la actividad superficial. Además, existen otros procesos, como recargas profundas de roca fundida sobrecalentada, que pueden cambiar a largo plazo la actividad y causar erupciones mayores”.

¿Qué actitud debe tener la comunidad del lugar ante una alerta Naranja?

“Es importante tener, en todo momento, conocimiento de la información oficial respecto a la actividad del volcán Villarrica y las medidas que se han tomado al respecto. Estas decisiones no deben asustarnos, ya que están pensadas para salvaguardar la vida de quienes están en la zona expuesta al volcán.

Es necesario recalcar que muchas de las señales que da el volcán son imperceptibles o invisibles para la comunidad y, por ello, se utiliza tecnología e instrumentos sensibles para vigilarlo. Y esto quiere decir que las decisiones no son decisiones aleatorias y conlleva aceptar el costo logístico y comunicacional que implica, para las autoridades, más en una zona turística como ésta”.

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¿Los turistas cómo deben actuar ante este escenario?

“Me consta que la población local está bien educada sobre la actividad del volcán, y conocen su historia reciente pues conviven con él. Sin embargo, esta es una zona muy turística, y hay un flujo importante de personas que no conoce o convive con volcanes. Por eso, es clave que en estos casos los turistas estén plenamente informados de los planes de contingencia, las vías de evacuación, los puntos de encuentro transitorio y los mecanismos de alarma ante una eventual erupción”.

¿En Chile, construimos asentamientos humanos muy cerca de los volcanes?

“Es una práctica ancestral, desde nuestros pueblos originarios hasta la actualidad. Los volcanes entregan recursos importantes para la vida y han sido apreciados y respetados como deidades. El problema es que, luego de la colonización europea, se comenzó a construir en zonas más susceptibles al impacto de los procesos volcánicos. En los últimos siglos eso se ha incrementado por las actividades recreativas, turísticas y las parcelaciones. Así se ha construido riesgo y, lamentablemente, hay muchos estudios técnicos y mapas, pero no siempre son vinculantes y hay poca capacidad para regular el territorio.  Y en donde ya existen estos asentamientos, tampoco hay políticas públicas con visión de largo plazo, respecto a medidas de mitigación y reducción de la vulnerabilidad que permitan reducir el riesgo volcánico. Ya lo vimos en Chaitén, y si esto no cambia, segura y lamentablemente, lo veremos en la próxima gran erupción de algún volcán chileno”.

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Condenan a 12 años de cárcel a autor de homicidio ocurrido en la Villa San Juan de San Fernando

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Fue el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando el que condenó, con costas, a Omar Francisco Saavedra Cifuentes a la pena de cumplimiento efectivo de 12 años de presidio, en calidad de autor del delito consumado de homicidio simple, ilícito perpetrado en diciembre del año 2020, en la villa San Juan de San Fernando.

En fallo unánime, el tribunal dio por establecido, en horas de la madrugada del 7 de diciembre del año  2020, “la víctima caminaba junto a unas amigas por entre los blocks de la villa San Juan de San Fernando, en dirección a su domicilio, cuando se encontraron con el acusado Omar Francisco Saavedra Cifuentes, quien inició una discusión con la víctima”.

Se agrega que “mientras se efectuaba esta discusión, el acusado sacó un arma de fuego con la que disparó”. Este disparo impactó en el hemitórax de la víctima lo que generó una lesión en órganos principales del cuerpo que generaron una hemorragia masiva, lesión que le provocó la muerte en la misma villa San Juan, lugar en el que la víctima se desplomó. Para el tribunal los hechos “son constitutivos de un delito consumado de homicidio simple, previsto y sancionado en el artículo 391 N°2  del Código Penal”, se indican.

El tribunal aplicó, además, a Saavedra Cifuentes las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, e inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

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Derecho de Aguas: Hoy nos Visitó don Severino

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Por: Santiago Acevedo Ferrer Acevedo -Santini Abogados

y Loreto Chávez Friz. Ingeniera en Recursos Naturales Renovables

Don Severino pertenece a la Comunidad de Aguas Canal Catillo y es propietario de la Parcela número 13 del “Proyecto de Parcelación Catillo”. El posee 1,5 regadores de aguas, cuya equivalencia es de 15 litros por segundo cada regador, y son extraídos desde el Estero Catillo, a través de la bocatoma del canal Catillo.  

En el año 1989 el Servicio Agrícola y Ganadero determinó los derechos de aprovechamiento de cada parcela y sitio, indicando que a la Parcela 13  correspondían 1,5 regadores del Canal Catillo.

Al año siguiente (1990), el padre de don Severino inscribió a su nombre tales derechos por aplicación del Art. 5° Transitorio del Código de Aguas, inscripción conservatoria que sigue vigente hasta hoy pese a que el padre de don Severino falleció hace 30 años (en 1993).

Los familiares nunca tramitaron la posesión efectiva del padre de don Severino puesto que la tierra fue transferida en vida al único heredero interesado en seguir viviendo ahí: don Severino. Lamentablemente, por ignorancia o inadvertencia, el padre de don Severino no transfirió el dominio sobre su derecho de aprovechamiento de aguas consistente en 1,5 regadores del Canal Catillo. Con todo, don Severino desde entonces paga anualmente sus cuotas del canal y participa activamente en sus asambleas, organización que, a su vez, ha entregado ininterrumpidamente las aguas a la referida Parcela 13.  

Avisamos al lector que los nombres propios recién mencionados son ficticios, pero el caso es real y habitual.

Lamentablemente, los instrumentos de regularización disponibles en nuestra legislación de aguas no cubren la hipótesis de don Severino. En efecto no cabe una regularización por el Art. 1° Transitorio del Código de Aguas, ya que la posesión efectiva no ha sido solicitada respecto de ese bien. Tampoco procederá la regularización por el Art. 2° Transitorio del mismo código, desde que el título inscrito y vigente es posterior a la entrada en vigencia del Código de Aguas (29 de octubre de 1981). Tampoco aplica la regularización del Art. 5° Transitorio o, mejor dicho, esta regularización ya tuvo lugar y aplicación cuando se generó la inscripción a nombre del padre de don Severino en 1990, inscripción que sigue vigente hasta hoy, pese a su fallecimiento.

La única vía abierta para salir de esta situación es solicitar a don Severino que tramite la posesión efectiva de su padre. Sin embargo, en la práctica, esto implica poner en los hombros de don Severino la carga de contactar a 17 personas (entre hijos, nietos y bisnietos del padre de don Severino) que viven en tres países distintos y dentro de Chile en tres regiones diferentes.

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No nos parece razonable ni proporcional, exigir a don Severino desplegar tamaño esfuerzo para regularizar un derecho de aprovechamiento, en circunstancias que la única persona que ha demostrado interés por el bien en cuestión es don Severino y nadie más.

Para esto existe también el Derecho. Para encauzar situaciones de hecho y darles una configuración jurídica que brinde certeza. En este contexto, estimamos que podría modificarse el Código de Aguas y consagrarse una nueva hipótesis de regularización que solucione casos como el de don Severino. En la nueva regularización que se propone se debieran probar tres hechos, que se expondrán brevemente.

El primer hecho que se debiera constatar es el desinterés de los herederos, quienes no han solicitado la posesión efectiva en un determinado lapso de tiempo que proponemos sea de 15 años; plazo superior al máximo establecido en nuestra legislación para la prescripción.

El segundo hecho que se debiera verificar es el uso actual de ese derecho de aprovechamiento, lo que podría efectuarse por el secretario ministro de fe pertinente de la organización de usuarios a que pertenece, indicando estar esa cuenta al día en el pago de las cuotas pertinentes. Si se trata de un canal cuya directiva no está vigente, tal certificación la podría brindar la Junta de Vigilancia respectiva.

El tercer hecho que se debiera acreditar es la no afectación de terceros titulares de derechos en el mismo canal o cuenca y que, de darse lugar a esta petición, no se modificaría el régimen de extracción actual de recurso hídrico. Y esto podría resguardarse por medio de una publicación en el Diario Oficial, que abriera la posibilidad de oponerse. Asimismo, se sugiere establecer como requisito el que el Tribunal solicite a la organización de usuarios pertinentes que dé aviso de la existencia del proceso en la Asamblea General próxima. No estando activa la directiva del canal, podría darse la opción, a instancias del solicitante, de dar el aviso en la Asamblea General de la Junta de Vigilancia pertinente.

Proponemos que esta nueva regularización sólo pueda ser iniciada por el propietario del predio y por un caudal que no supere el idóneo para servir al predio pertinente; idoneidad que podría probarse con un informe pericial o bien con la sola utilización de la Tabla de Equivalencias establecida por el DS MOP N°743 de 16.12.2005 (o la normativa que la suceda o reemplace).

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Y, por cierto, tratándose de un proceso que redundará en una nueva inscripción de dominio a nombre del solicitante, es recomendable por certeza jurídica que ese proceso se sustancie ante los tribunales de justicia y no ante la Dirección General de Aguas (que podría ser oída en un informe con fecha de entrega dentro de un plazo fatal).

En este sentido, la experiencia reciente de haber sustraído de los tribunales las regularizaciones y los perfeccionamientos nos parece problemática, ya que subordina el Poder Judicial al Ejecutivo. Esto es así pues las resoluciones de la DGA impactan en el alcance del título inscrito, custodiado por el Poder Judicial por medio de los Conservadores de Bienes Raíces. Y la intervención judicial sólo tiene lugar en el evento de que se interponga una reclamación.

En suma, el caso de don Severino es común y merece ser solucionado por el Derecho de Aguas. Y la falta de instrumentos jurídicos de regularización para atender estos casos nos debieran llevar a explorar una nueva forma de regularización que podría llamarse: regularización de derechos de aprovechamiento de aguas inscritos de usuarios fallecidos respecto de los cuales no se ha solicitado la posesión efectiva.

Si el Estado está al servicio de la persona humana, entonces el Poder Legislativo también lo debería estar, proveyendo a usuarios como don Severino de un instrumento legal que le permita sanear a un costo razonable el derecho de aprovechamiento de aguas por el que paga sus cuotas y efectivamente utiliza.

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El clásico “Giro a Pichidegua” tendrá a 600 pedaleros en la ruta

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La principal prueba de ciclismo en la zona tendrá su versión 2023 donde se espera la participación de cientos de padaleros.
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Nuevamente, las principales calles y rutas de Pichidegua tomarán vida con la electrizante caravana multicolor de ciclistas, porque este sábado 2 de diciembre arranca una nueva versión del Giro Pichidegua, donde cientos de deportistas venidos de todo Chile lucharán para quedarse con el máximo trofeo que ofrece “La Clásica” en su versión 2023.

El municipio junto a los profesionales de su Corporación Municipal del Deporte (CMD) vienen trabajando desde hace meses para ofrecer un programa y espectáculo al más alto nivel, como ha sido el sello de los eventos deportivos en Pichidegua, y donde esperan recibir cerca de 600 ciclistas para sus diferentes categorías en los dos días de competencia.

La primera jornada está programada para este sábado, donde la organización dispuso de ocho categorías, entre ellas; rueditas, mini penecas, penecas, preparatoria, infantil, juvenil, junior e intermedia. Mientras que el domingo, habrá 3 categorías; Junior Sub 23 Elite, que deberán correr 141 Km, Máster A y B con 94 Km y Máster C Amateur Intermedia, quienes deberán completar un total de 47 kilómetros.

La partida y meta será la plaza cívica de la comuna, centro neurálgico y de logística de todo competidor y de los diversos equipos, como también centro de comunicaciones y premiación que cada año espera con un gran escenario y una pantalla gigante para seguir en vivo la competencia por los distintos parajes que ofrece esta comuna de la provincia del Cachapoal y que para esta versión ofrece 3 millones de pesos a repartir en premios.

Cabe consignar que, el Giro de Pichidegua, finalizará el domingo por la tarde.

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