La mañana de este martes, en el Tribunal Oral en lo Penal de Rancagua, el alcalde de la comuna de Rancagua, Juan Ramón Godoy, nuevamente enfrentó una reformalización de cargos, esta vez por imputaciones tributarias, arista que investiga el Ministerio Público junto al Servicios de Impuesto Internos.
En esta oportunidad, los imputados, Juan Ramón Godoy y, los empresarios Diego Barba y Javier Ignacio Cornejo, se presentaron a la audiencia de manera telemática, en el caso de Godoy, conectado vía internet y cumpliendo su actual prisión preventiva, escuchó los delitos tributarios que se le imputan.
En voz de la Fiscal, Javiera Oro, informó una serie de maniobras dolosas en años tributarios 2021, 2022 y 2023 respecto a los imputados Javier Ignacio Cornejo, Juan Ramón Godoy y Diego Barba.
Cabe recordar que esta arista de la investigación dice relación con que Godoy habría favorecido arbitrariamente a ciertos contribuyentes mediante diversos actos. Tratos directos sin justificación y fragmentación de compras, lo que permitía eludir todo los relacionado con la normativa de compras públicas.
Además, esto hacía que no se cobraran multas por incumplimientos y, se pagaba a empresas por obras no realizadas. Es así como el SII ha indicado un perjuicio fiscal de $474.356.138, lo que se suma a declaraciones falsas en años tributarios 2022-2023 y, omisión maliciosa de la declaración anual de impuestos en el año 2023.
La Fiscal, aseguró que Godoy, los años 2022 y 2023, percibió dineros de los imputados respecto a contratos o licitaciones destinadas para ellos. Y en los años tributarios 2022 y 2023, percibió dineros y bienes de los imputados Barba y Cornejo, maniobras dolosas que derivaron en diversos delitos tributarios.
En sus declaraciones anuales de renta, formulario 22, año 2022 y año tributario 2023, subdeclaró sus rentas recibidas en dichos años por la suma de 54 millones 196 mil pesos y, 54 millones 180 mil pesos, cantidades que debieran incrementar la base imponible de su impuesto global complementario, generando un perjuicio fiscal por dicho impuesto de 19 millones 600 mil pesos y, 19 millones 702 mil pesos para los años tributarios 2022 y 2023. De esto modo Godoy presentó declaraciones anuales a la renta maliciosamente incompletas o falsas, respecto de los años tributarios indicados.
El año tributario 2022, el imputado presentó su declaración anual de renta, informando únicamente, sueldos, honorarios y retiros previsionales. Mientras que el año 2023 sólo informó sueldos. Se trata de información no veraz, ya que Godoy en los años señalados percibió mayores ingresos que los declarados, los que ascienden a 108 millones 376 mil pesos, con un perjuicio fiscal por ambos períodos que corresponde a la suma de 39 millones 356 mil pesos.
Por su parte, el imputado, Javier Ignacio Cornejo, no informó las utilidades por más de 8 millones para el año tributario 2021 en sus sociedades y como empresario individual. Sus movimientos bancarios no se respaldan con las ventas que respaldan sus empresas y, en año tributario 2023, omitió la declaración de impuesto a la renta ocasionando un perjuicio fiscal de más de 81 millones de pesos.
Respecto al imputado, Diego Barba, en los años tributarios 2022 y 2023 entregó información maliciosamente incompleta o falsa, generando un perjuicio fiscal de 13 millones el año 2022 y, el 2023 por más de 2 millones de pesos. Declaró sueldos, honorarios y retiros de AFP, no incluyendo pagos y transferencias. Se trata de información maliciosamente falsa al no incluir todos sus ingresos en la declaración de renta con un perjuicio fiscal de 15 millones 400 mil pesos, delitos en grado de consumado.
Tras lo expuesto por la Fiscal, se indicó que las defensas de los imputados recibirán los informes respectivos para analizarnos y, de ser necesario, entregarán sus imputaciones a los hechos indicados. Respecto a modificación de medidas cautelares, el Ministerio Público no hizo peticiones en relación a las que se decretaron anteriormente, al ser una causa que no se ha separado de la investigación inicial.
En cuanto al Consejo de Defensa del Estado, realizó alegaciones respecto a la medida cautelar de Javier Cornejo, ya que el CDE, adujo que la medida cautelar debía sustituirse por la prisión preventiva y no por la que cumplía, la de arresto domiciliario total, al ser todos delitos con pena de crimen los que se imputan.
La defensa se opuso a esta medida aduciendo que la reformalización no puede vulnerar garantías constitucionales, al entender que la querella se encontraba presentada con fecha anterior a la audiencia del día 9 y 10 de abril. A esto se suma que la declaración prestada por el imputado, sostuvo la defensa, le sirvió al SII, para lo expuesto en las audiencias. Finalmente la magistrada determinó que los hechos descritos en la reformalización no varían la situación procesal del imputado, por lo que se rechazó la petición de prisión preventiva, manteniendo el arresto domiciliario total.

DEFENSA DE GODOY BUSCA REVERTIR PRISIÓN
La defensa del alcalde Godoy, en voz del abogado, Hugo Zamorano, aseguró que si bien el Servicio de Impuestos Internos tiene las facultades de ejercer las acciones penales que correspondan, entienden que se han dado a conocer datos que requieren bastante precisión, por lo que necesitan una investigación. Añadió que están a la espera que termine el plazo de dicha investigación para discutirlo en un juicio oral.
El abogado indicó que se presentó un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Talca, el que se encuentra en tramitación, con una apelación en la Corte Suprema, ya que entienden que la resolución de prisión preventiva no cumple con los requisitos de fundamentación que exige la ley para decretar la medida cautelar más gravosa.
Referente a los delitos tributarios, la defensa sostiene que los hechos no están debidamente determinados, en cuanto a usos de dinero que se le atribuyen a Godoy, así como tampoco se encuentra determinado el supuesto perjuicio fiscal que se habría producido con estas conductas.
