La Ley aumenta las sanciones por no llevar a un niño/a en un sistema de retención infantil, pasando de ser una falta grave a una gravísima.
Fernando Ávila F.
Fotos: Nico Carrasco
En la Plaza de Los Héroes de Rancagua, el seremi de Transportes, Francisco Lara, dio a conocer la normativa vigente para el traslado de niñas y niños en vehículos livianos. A partir de miércoles 16 de marzo, los niños de hasta 12 años deberán trasladarse en el asiento trasero de los vehículos livianos. Esto, de acuerdo a una modificación a la ley de tránsito que fue aprobada de manera transversal en el Congreso, que nació de una moción parlamentaria impulsada por diputados de diversos sectores y que fue apoyada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones durante su tramitación.
El seremi de Transporte y Telecomunicaciones, Francisco Lara, indicó que “lo que estamos presentando hoy, son las modificaciones que tuvo la ley de tránsito, principalmente en los Sistemas de Retención Infantil, estas modificaciones van enfocadas en el aumento de la seguridad en el traslado de niños en los vehículos, además de mayor rigurosidad en las penas para quienes no cuenten con los elementos de retención infantil. Recalcar que anteriormente los sistemas de retención infantil aplicaban en menores de 4 años, con la nueva ley esto aumentará a 8 años y recalcar que niños menores de 12 años no pueden ir sentados adelante” agregó el seremi.
La autoridad hizo un llamado a los padres a que no hereden sillas antiguas, ya que estas deben cumplir la norma vigente, así como con el uso esta sufren desgaste, lo que puede implicar que no cumplan la función como corresponde.
Junto con la prohibición de trasladar a menores de 12 años en los asientos delanteros, exigencia que entró en vigencia a partir de este miércoles 16 de marzo, cuando será publicado en el Diario Oficial (a excepción de los vehículos de cabina simple), esta nueva ley también amplía la edad de uso de sistemas de retención infantil hasta los 8 años inclusive, además de incorporar características de peso y talla (135 cm y 33 Kg); exigencia que entrará en vigencia en un año más, es decir, a partir de marzo de 2017. Esta última obligación no regirá para los taxis, en todas sus modalidades.
La Ley aumenta las sanciones por no llevar a un niño/a en sistema de retención infantil, pasando de ser una falta grave a una gravísima (equivalente a una multa de entre 1,5 a 3 UTM, es decir, entre $66.000 y $132.000), más la suspensión de licencia de conductor entre 5 y 45 días. Igual multa tendrán aquellos conductores que trasladen a menores de 12 años en el asiento del copiloto.
La Ley de Tránsito prohibía el traslado de menores de 8 años de edad en los asientos delanteros de los vehículos, y exigía que los niños menores de 4 años fueran trasladados en sillas.