- El Código Penal contempla este nuevo delito a partir de marzo de este año y se relaciona con la violencia de género, sin que exista una relación afectiva previa.
Paola Moreno Pérez
El pasado 5 de julio quedó al descubierto el cuerpo sin vida de una mujer tras un incendio en su casa, en la comuna de Doñihue. No era un crimen habitual o un homicidio con posterior incendio, sino que se trataba de un “femicidio no íntimo”, un nuevo delito que contempla el Código Penal a partir de marzo de este año.
Este caso cobra relevancia dado que se trata del primer caso a nivel nacional de una investigación por “femicidio no íntimo” y que se registró en la Región de O’Higgins, donde fue asesinada Soledad Cristina Valenzuela Valenzuela, de 29 años.
En este hecho, el victimario, identificado como Lorenzo Andrés Osorio Atala, de 41 años, permanece en prisión preventiva tras ser detenido y formalizado por este nuevo delito que, de acuerdo a la nueva ley, arriesga hasta presidio perpetuo. La fiscalía está próximo a cerrar la investigación -en diciembre- para presentar la acusación e ir a juicio oral.
“El Rancagüino” entrevistó al fiscal Jorge Mena, quien explicó qué es el “femicidio no íntimo”, además se refirió a los antecedentes de la investigación y si es una investigación compleja por tratarse de un nuevo delito.
El persecutor explicó que el delito de femicidio estaba siempre relacionado y supeditado a una relación entre la víctima y el victimario: de pareja, de convivencia, o a una relación más estable, como el matrimonio.
A raíz de la Ley Gabriela de este año, que crea unos nuevos delitos, el fiscal del caso precisó que se amplía el delito de femicidio a figuras que no estaban contempladas anteriormente, vale decir, que no dicen relación con una vinculación afectiva con el victimario, sino que está relacionado netamente con violencia de género a la víctima.
En ese contexto y en este caso ocurrido en Doñihue, corresponde a “una víctima que ejerce el comercio sexual y lo eleva a una categoría mayor de femicidio, sí es un homicidio por esta razón, y nace esta figura de los ‘femicidios no íntimos’, porque no hay una relación previa entre la víctima y el imputado, sino que está relacionado por un tema netamente de violencia de género, del odio que puede expresar el hombre hacia la mujer, independiente por ejercer alguna actividad, por ejemplo, el comercio sexual. En ese contexto, que nos da la figura de femicidio no íntimo”.
INCENDIO FUE PARA OCULTAR CRIMEN
De acuerdo al fiscal Jorge Mena, ya se manejaba desde un primer momento de que la hipótesis del incendio era una forma de ocultar el homicidio.
En la investigación, un testigo declaró que había una camioneta de “ciertas características” en el lugar antes del incendio.
Diez días después del brutal asesinato, surgió un nuevo antecedente de la misma familia del detenido: “De colocar al imputado en el día de los hechos en Doñihue en estado de ebriedad señalando él a los familiares de que había dado muerte a una mujer ese día, incluso agregando algún detalle de que había quemado una casa y nos empiezan a relatar algunos hechos que podía saber solamente una persona que había participado en el homicidio. Nos hablan de un testigo, que es quien acompaña al imputado en el día del homicidio de la víctima”.
Según el fiscal del caso, “estas personas vivían en Coltauco y se trasladan a Doñihue, donde mantiene intimidad con la víctima y posteriormente señala uno de los testigos, que sindica al imputado no sólo en una actitud hostil frente a la víctima, sino que también empieza a ejercer violencia, se retira del lugar y era quien manejaba la camioneta”.
Tras ser detenido el imputado por la Brigada de Homicidios, la fiscalía en conjunto con la policía estableció además que el hombre ejerció violencia en contra de la víctima.
“Se pudo establecer a que se dedicaba la víctima, que es importante, para efectos de atribuir el delito de femicidio no íntimo y también se pudieron establecer algunas conductas que el imputado tenía y daba luces de conductas respecto de violencia que ejerció no solo en contra de la víctima, sino también en su entorno familiar”, detalló el persecutor.
¿Qué peritajes faltan en la investigación?
Se están triangulando los teléfonos, las posiciones y el horario en que se encontraban, se están pidiendo los tráficos de llamados y el análisis de la misma, peritajes a un cuchillo, si hay antecedentes de pruebas biológicas.
¿Cuál era la relación que existía entre la víctima y el victimario?
Había una relación, a nuestro juicio, netamente comercial, si lo pudiéramos llamar de alguna manera. De acuerdo a ese antecedente, el imputado no solamente ejerce violencia y el desprecio por las labores que realizaba la víctima.
¿Es efectivo que el victimario tenía una relación con la hermana de la víctima?
Esos antecedentes no lo hemos podido establecer, pero no era la primera vez que el victimario se juntaba con la víctima, había cierta relación habitual, pero no era una relación amorosa, sino que en esta relación que nosotros hemos denominado como una especie de relación comercial.
¿Cuál es la pena que arriesga el imputado?
Es una pena que parte con 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo.
¿Cuáles son las agravantes en este caso?
La calificación de la pena está dada por la gravedad del delito, es decir, por tratarse de un femicidio ya trae una pena más alta, que parte de un presidio mayor en su grado máximo y que termina en un presidio perpetuo.
¿En qué etapa se encuentra este caso?
Se encuentra aún en investigación, quedan pocas diligencias de investigación, una investigación que pretendemos tener terminado para los primeros días de diciembre para efectos de poder presentar una acusación e ir a juicio. Si sigue avanzando la investigación a este ritmo, deberíamos tener concluida la investigación en diciembre. El juicio debería ser el próximo año.
¿Fue compleja esta investigación?
Al ser un nuevo delito, tiene esa complejidad porque tenemos que adaptarnos a un delito que no existía antes y que tiene nuevas exigencias este delito que tenemos que probar, nuestra prueba no sólo ha sido determinar de qué murió la persona y quién es el responsable de la muerte de esta persona, sino que tenemos que establecer otras variables como, por ejemplo, la violencia de género ejercida por el imputado, cuáles son esos antecedentes que rodean esa violencia de género, si era o no una conducta habitual en él.
Indagar por qué razón él tomó esa decisión, de dar muerte a esta mujer y luego prender fuego a la casa, son interrogantes que nosotros tenemos que llevar a un juicio oral y tenemos que dar una teoría respecto de esos puntos.
Por lo tanto, no solamente se suma la prueba habitual en un homicidio, sino que tenemos agregar elementos de géneros que son difíciles no solamente de lograr, sino que son difíciles de acreditar, porque generalmente estos hechos no van a ocurrir con testigos, con personas que puedan obedecer a un patrón determinado, sino que hay una infinidad de patrones que tenemos que analizar y eso también nos ha implicado que tengamos que hacer pericias psicológicas.
¿El imputado es una persona violenta de acuerdo al perfil?
De acuerdo a los antecedentes y eso lo tendrán que determinar los peritos, pero de acuerdo a cómo se desarrolla este delito y cómo ha sido la historia delictual de este imputado, sí nos da un perfil de una persona con ciertos grados de violencia.