Este 13 de junio se llevará a cabo la elección para Gobernadores Regionales en su segunda votación solo en trece regiones de nuestro país, entre ellas la Región de O’Higgins, y uno de los roles esenciales para su correcto desarrollo la tienen los vocales de mesa.
Estos serán los mismos que hayan cumplido con esta labor el pasado domingo 16 de mayo. No se realizará publicación ni envío de cartas, y tampoco corresponde constitución de mesas el día anterior, por lo que solo deben presentarse en sus locales de votación el domingo 13 a las 7:30 horas, según informa el Servicio Electoral (SERVEL).
De igual manera, el local y mesa de votación de cada uno de los electores, se repetirán. Para orientar a los votantes, el SERVEL ha habilitado un sistema de Consulta de Datos para Segunda Votación de Gobernadores Regionales (https://consulta-2v-gore.servel.cl/), que arroja específicamente los datos para las elecciones de este 13 de junio. Este sistema será paralelo a la tradicional Consulta de Datos Electorales, donde los electores que hayan solicitado su cambio de domicilio electoral podrán ver sus nuevos datos. Cabe señalar que éstos serán aplicados para las Primarias Presidenciales del 18 de julio (si la solicitud fue realizada entre el 17 y el 19 de mayo) o para las elecciones de Presidente de la República, Senadores, Diputados y Consejeros Regionales del 21 de noviembre (si la solicitud fue realizada desde el 20 de mayo).
PAGOS, EXCUSAS Y MULTAS
El bono que recibirán los vocales por su labor ascenderá a dos tercios de UF. Mientras que las personas que no concurran a cumplir su función incurren en una infracción electoral, que es sancionada con una multa a beneficio municipal que va desde 2 a 8 U.T.M, según el artículo 151 de la Ley Nº 18.700.
La ley no estipula un período de excusas, pero sí las Normas e Instrucciones dictadas en acuerdo por el Consejo Directivo de Servel indican que pueden abstenerse de cumplir este rol las personas de 60 años de edad o más, mujeres embarazadas durante todo el período de gestación y padre o madre de un hijo o hija de menos de dos años al día 13 de junio de 2021. Además, quienes se desempeñen como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades, y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam). Todo esto deberá acreditarse ante el delegado del local el día de la elección o ante el Juez de Policía Local si llegaren a ser citados. Acreditado los antecedentes, los delegados de local no podrán considerar para la instalación de las mesas a las personas que se encuentren en algunas de las situaciones anteriormente mencionadas.
