Penas efectivas de cárcel para sujetos que intentaron ingresar droga vía marítima.

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Por: Fernando Ávila F.

Fue el sujeto apodado ‘El Bro’, individualizado como Juan Manuel Torres Cisternas, quien “ejecutaba acciones para internar droga al país por vía marítima. Para tal propósito, se contactó también con Patricio Escobar Oliva y Sergio Godoy Valdivia, apodados ´El Pato´ y el ´Checho´, respectivamente, para que éstos realizaran las gestiones de logística necesarias para recibir la droga, y con tal objeto, procedieron a la compra de bidones, combustible, teléfonos satelitales, un navegador, radios portátiles, una camioneta Ford F-150, un motor y una lancha (que denominaron Bismark).”

La lancha Bismark zarpó desde la caleta de Guayacán de Coquimbo, el día 15 de noviembre del año 2019, se desplazó 70 millas náuticas hacia alta mar, se mantuvo en esa posición por cuatro horas aproximadamente, en espera de hacer contacto con una embarcación, denominada Dulce María I, que venía desde Colombia con droga en su interior. Posteriormente, previa autorización judicial, se allanó el domicilio ubicado en Villa Torreones, pasaje la Proyectada N° 1027, comuna de Coquimbo, donde se encontró un papel con coordenadas marítimas muy precisas. Ellas permitieron a los funcionarios de la Armada encontrar la embarcación Dulce María I e incautar un total de 4.272 kilos y 796,9 gramos de marihuana tipo “crippy”.

“A su vez, se estableció que la nave, proveniente de Colombia, era tripulada por los ciudadanos colombiano Dimas Ortiz Perafam, José Augusto Angulo Sevillano, Guillermo Zuluaga Cardona, Eliseo Colorado Ruiz, Gustavo Castro Puero, Gustavo Angulo Quintero, quienes trasladan el cargamento de droga para entregarlo en las costas chilenas. La naturaleza de las sustancia vegetal era tetradidrocannabinol”, concluye el fallo.

PENAS DE CÁRCEL

Fue así como el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a Patricio Escobar Oliva a la pena de 7 años de presidio efectivo en calidad de autor del delito de tráfico ilícito de estupefacientes y a Dimas Ortiz Perafam, José Augusto Angulo Sevillano, Guillermo Zuluaga Cardona, Eliseo Colorado Ruiz, Gustavo Castro Cuero, Gustavo Angulo Quintero, Juan Manuel Torres Cisternas y Sergio Godoy Valdivia a la pena de seis años de presidio efectivo como autores del delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas.

En fallo unánime, el tribunal aplicó, además, a los sentenciados las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.

El tribunal condenó, además, a los nueve sentenciados, a pagar cada uno y de manera individual cuarenta (40) Unidades Tributarias Mensuales, suma que deberá ser depositada a nombre del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, en la cuenta corriente de dicha institución.

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El tribunal accedió al comiso de las especies incautadas: droga, una lancha Bismarck, aparatos de comunicación, una camioneta Ford, modelo F150 y el vehículo Kia Motors, modelo Cerato. Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El juicio de los sujetos se realizó en Rancagua debido a que la investigación la iniciaron funcionarios de la PDI de la región de O’Higgins, quienes tenían información que parte de esta droga iba a llegar a diferentes puntos de la región, donde luego sería distribuida.

 

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