Finalmente 9 de los 10 imputados por túnel quedarán en prisión preventiva.

Corte de Apelaciones revocó medida cautelar de arresto domiciliario

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Este miércoles y tal como estaba estipulado, en la Corte de Apelaciones de Rancagua se revisaron las medidas cautelares de los diez imputados que fueron detenidos por construir un túnel de más de 15 metros de longitud cuyo fin era robar la bóveda de la empresa de valores Prosegur, ubicada en el Avenida Alameda de Rancagua. Fue así como acogiendo los argumentos de la Fiscalía, la Corte revocó el arresto domiciliario y decretó la prisión preventiva para 9 de los 10 imputados.

El Fiscal jefe de Rancagua, Javier Von Bischoffshausen, dio a conocer que siempre existió la convicción de que se está en presencia de una asociación delictual dedicada a cometer graves delitos en la región como en otros lugares del país. Añadió que  los ministros de la Corte de Apelaciones analizaron los antecedentes coincidiendo con la postura del ente persecutor, estableciendo que en esta etapa de la investigación existen indicios suficientes para presumir la existencia de todos los delitos por los cuales la Fiscalía ha formalizado, vale decir, robo en lugar no habitado, que no alcanzó a ejecutarse y, asociación delictual, logrando que nueve de los diez imputados queden en prisión preventiva.

El persecutor adujo que este tipo de delitos no es el común al que se estaba acostumbrado en el país, debiendo enfrentar el Ministerio Público, las policías y, la sociedad en su conjunto la investigación y análisis de forma distinta la persecución criminal  contra organizaciones criminales, a las que nos les importa que delito cometer, ya que lo importantes para ellos es donde obtienen más lucro, cometiendo secuestros, tráfico de drogas o el robo de una empresa de valores.

El plazo de investigación de los hechos se mantiene en 120 días por los delitos de robo en lugar no habitado frustrado, asociación ilícita, daños y dos delitos de utilización a sabiendas de vehículo con placa patente que pertenece a otro automóvil. Sobre el décimo imputado se le confirmó el arresto domiciliario total y arraigo nacional.

EL FALLO

El fallo de la Segunda Sala de la Corte de Rancagua establece que “existen indicios suficientes para presumir la existencia de los delitos por los cuales se formalizó a los imputados y su participación en los mismos, en particular, en relación al delito de asociación ilícita, pues existen antecedentes que desde hace un par de meses los imputados desarrollaron distintas actividades tendientes a ejecutar el delito de robo, que implican ciertas coordinaciones y actos mancomunados para lograr dicho objetivo, que se mantuvo en el tiempo y, que permiten estimar -en esta etapa- que se les podría imputar su participación en el delito antes señalado”, establece la resolución de la Segunda Sala del tribunal de alzada.

Se agrega que “teniendo presente el número de delitos imputados, el carácter de los mismos, en especial la extensa planificación y tiempo de ejecución para lograrlo, lo que da cuenta de una organización con poder para cometer delitos, lo que constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y, que podrían configurarse a su respecto agravantes de su participación penal, hacen proporcional, por ahora, la medida cautelar propuesta por el Ministerio Público».

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