

La ley que incorporó a los trabajadores a honorarios a los regímenes previsionales contempla también un alza paulatina de la retención que realiza el SII por cada boleta emitida, con la cual se pagan las cotizaciones. Dicho incremento será a razón de 0,75% anual hasta 2027, mientras que en 2028 será de 1%, llegando al final de ese período a 17%. Con este aumento, los trabajadores que emiten boletas pagarán el total de las cotizaciones para el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia, el Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, el Seguro Sanna, Salud y Pensiones.
De este modo, durante este año 2020 la retención asciende a 10,75% del monto de cada boleta y en 2021 subirá a 11,50%. Por tanto, en 2028 finalizará esta gradualidad que llevará la retención a 17%, coincidiendo con el fin del proceso paulatino de elección entre cobertura total y parcial. A partir de ese año todos los trabajadores a honorarios cotizarán por el total de todos los regímenes de seguridad social.
¿Qué pasa con el Impuesto Global Complementario?
La retención que afecta a las boletas de honorarios también tiene por finalidad cubrir el monto del Impuesto Global Complementario. Este impuesto se determina y paga una vez al año según las rentas imponibles de las personas naturales, en este caso los trabajadores que emiten boletas de honorarios, y que tengan ingresos anuales sobre $10 millones 900 mil (poco más de $900 mil mensuales).
En este caso se dan las siguientes alternativas:
1.- Si el trabajador destina la totalidad del monto de la retención efectuada por el Servicio de Impuestos Internos al pago de sus cotizaciones previsionales, se generará una deuda tributaria y deberá pagar aparte el impuesto anual correspondiente.
2.- Si el trabajador ha optado por la alternativa de cobertura parcial, el monto a pagar por cotizaciones durante los primeros años será menor que el monto retenido, por lo que el saldo se destinará al pago del impuesto.