La Corte Suprema acogió un recurso de amparo presentado por la Defensoría Penal Pública a favor de un interno adolescente interno en el CIP CRC de la comuna de Graneros, el que fue objeto de gaseo y fuerza desproporcionada por parte de Gendarmería.
El amparo fue interpuesto por la defensora pública, Daniela Larraguibel, en favor del afectado que se encuentra actualmente privado de libertad quien junto al uso desproporcionado de la fuerza fue expuesto a gas lacrimógeno en un recinto cerrado.
En su resolución, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Rancagua y acogió el amparo, señalando expresamente que “el adolescente se encuentra bajo un régimen especial de responsabilidad penal, lo que exige aplicar los principios de la Ley N° 20.084 y la normativa internacional de derechos humanos, que aseguran un trato digno y diferenciado respecto de los adultos.
Se acreditó que Gendarmería utilizó gas lacrimógeno como primera medida, sin agotar medios menos gravosos, lo que constituye un uso desproporcionado de la fuerza y una vulneración a la integridad física y dignidad del joven.
La Corte reafirmó el deber de Gendarmería como garante de la vida e integridad de las personas privadas de libertad, especialmente tratándose de adolescentes.

