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Ministerio Público pide nuevo juicio oral contra Fiscal, Emiliano Arias.

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Por: Fernando Ávila F.

 

La Corte de Apelaciones de Rancagua fijó para el  16 de noviembre la resolución por alegatos de recurso de nulidad en la causa del fiscal regional de O’Higgins, Emiliano Arias.

Fueron 170 páginas de sentencia que fueron  remitidas a los intervinientes para que ser estudiada con calma. El Tribunal Oral en Lo Penal de Rancagua dispuso que se absolviera  a Emiliano Arias como autor del delito de revelación de secreto y de la acusación del Consejo de Defensa del Estado por dos delitos de violación de secreto, delitos de los que se acusó a Arias los días 17 y 18 de abril del año 2018.

La resolución señala que “los hechos descritos no encuadran en el tipo penal de revelación de secreto descrito en el inciso primero del artículo 246 del Código Penal porque si bien se acreditó la calidad de funcionario público del acusado quien procedió a revelar a los familiares información contenida en dos fichas obtenidas en la base interna de la institución donde presta sus servicios, la que en parte tienen carácter secreta y que no deben ser entregadas ni publicadas, en este caso no se establece la afectación al bien jurídico resguardado por el tipo penal”.

Se trata de mensajes que Arias tuvo con su cuñado y hermana, donde se le solicitaba que obtuviera  información confidencial del  Sistema de Apoyo a la Operación de un sobrino y de otra persona, a las que Arias accedió, solicitando que fuera su secretaria quien recopilara estos datos.

Su hermana y su cuñado habrían sido quienes recibieron esta información confidencial, delitos que Campos le imputó como  informáticos y revelación de secreto. Estos delitos ocurrieron en el mes de abril del año 2018 e involucran a la hermana del fiscal, María Graciela Arias, y su cuñado, Hans Heydel Jacob.

 

NUEVO JUICIO

Tras esto  el Ministerio Público presentó un recurso de nulidad para que la Corte de Apelaciones de Rancagua revoque la sentencia absolutoria de Arias. Según lo que detalla el Fiscal Eugenio Campos,  el tribunal interpretó “erróneamente” la legislación y los hechos imputados, esto  “al exigir un requisito adicional que no se encuentra contemplado por la ley, como es esta afectación o daño al bien jurídico tutelado”.

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Se agrega que “si bien se acreditó la calidad de funcionario público del acusado, quien procedió a revelar a familiares información contenida en dos fichas obtenidas de una base de datos interna de la institución donde presta sus servicios, la que en parte tiene el carácter de secreta y que no debe ser entregada ni publicada, en este caso no se establece la afectación al bien jurídico resguardado por el tipo penal”.

Campos agrega que “se ha afectado el bien jurídico desde la perspectiva de la confianza depositada en los funcionarios públicos, en cuanto a que la revelación que el Sr. Arias Madariaga hace a sus parientes y otros de dos fichas SAO, violenta la confianza que el Ministerio Público y los ciudadanos han depositado en la más alta autoridad de la Fiscalía en la Región de O’Higgins, autoridad máxima del Ministerio Público en el territorio de su competencia”.

Se agrega que “en el ejercicio de ese alto cargo, tiene conocimiento de múltiples secretos y antecedentes reservados, y en este caso, obviando y burlando esa confianza, olvidando el bien común y siguiendo sus fines e intereses personales, sencillamente reveló y dio a conocer antecedentes secretos a sus parientes”.

El Ministerio Publico pode que «se acoja el recurso de nulidad interpuesto y se declare nulo el juicio oral y la sentencia”, pidiendo nuevamente otro juicio oral. “El tribunal no considera que la actividad que debe desarrollar el Ministerio Público debe ajustarse a parámetros legales y reglamentarios que la propia institución se provee, los que ciertamente resultaron lesionados con la conducta desplegada por el Sr. Arias Madariaga, quien con su actuar doloso trató de intervenir y favorecer la persecución penal de un tercero que se estimó ‘peligroso’ para ser compañía de un familiar directo”, consigna el Fiscal Campos.

La defensa de Arias espera que el fallo sea ratificado, ya que lo calificaron como “bastante contundente”.

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Fue detenido por su posible responsabilidad en origen de incendio forestal

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Fue en la comuna de La Estrella, Parcela Nº 117 del sector El Boldal, donde carabineros la tarde del lunes detuvo a una persona por el delito de incendio. En el lugar se procede a la detención de un individuo, el cual al proceder a cortar maleza con una  desmalezadora metálica provoca un incendio, el que ha afectado, según lo informado por Conaf, 100  hectáreas de pastizales y, es combatido por Conaf y Bomberos. Se informó que no existen viviendas en riesgos ni personales lesionadas. En el lugar trabaja un técnico, tres brigadas, un camión cisterna y un helicóptero, ya que el incendio se mantiene con actividad al interior del área quemada.

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Punta de Lobos recibirá la última etapa del Circuito Nacional de Surf 2023

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Del 6 al 9 de diciembre, la sede de los Juegos Panamericanos 2023 nuevamente será noticia cuando reciba a los mejores exponentes del país.
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La élite del surf chileno ya se prepara para lo que será la tercera parada del Circuito Nacional de Surf, en el “Punta de Lobos Pro 2023”. El tour chileno arrancó en enero en Reñaca, pasó en mayo por Iquique y continuará en Pichilemu donde se prepara una verdadera fiesta, luego del boom que vivió la surf city con la fiebre de Santiago 2023.

Dentro de los deportistas destacados se encuentran los créditos locales Dominique Charrier, Martín Fuenzalida y Jessica Anderson quien estuvo en el Team Chile panamericano.

El “Punta de Lobos Pro” además irá perfilando a los favoritos para quedarse con el título nacional. En la categoría open lidera la joven iquiqueña Isidora Bultó y el viñamarino Maximiliano Cross. En junior Sub18, comanda la integrante del Team Chile, 4º lugar en Santiago 2023, Estela López de Puertecillo, junto a Noel de La Torre de Maitencillo, quien además va tercero en el circuito latinoamericano de surf.

Otro de los atractivos de la competencia es que contará con categorías de formación, Infantiles Sub12, Sub14 y Sub16.

“Estamos muy contentos porque vuelven los Campeonatos Nacionales a Pichilemu luego de varios años, post pandemia, además con las categorías menores, algo que acá trabajamos fuertemente desde el Club de Surf Punta de Lobos y la comunidad local, para potenciar y apoyar a las nuevas generaciones”, señaló Marcel Charrier, presidente del Club de Surf de Punta de Lobos.

Charrier, aprovechó de destacar además el boom que dejó Punta de Lobos con los recientes Juegos Panamericanos, situación que los deja con la vara muy alta para realizar un evento con un alto estándar. “Hacemos el llamado a la gente para que disfrute el estadio natural de olas que tenemos en Punta de Lobos, reserva mundial del surf, y ver este tremendo panorama familiar, siempre con mucho respeto hacia este entorno. Se debe preservar y cuidar nuestros espacios en Punta de Lobos, y en todas las playas de Chile.

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Condenan a 12 años de cárcel a autor de homicidio ocurrido en la Villa San Juan de San Fernando

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Fue el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando el que condenó, con costas, a Omar Francisco Saavedra Cifuentes a la pena de cumplimiento efectivo de 12 años de presidio, en calidad de autor del delito consumado de homicidio simple, ilícito perpetrado en diciembre del año 2020, en la villa San Juan de San Fernando.

En fallo unánime, el tribunal dio por establecido, en horas de la madrugada del 7 de diciembre del año  2020, “la víctima caminaba junto a unas amigas por entre los blocks de la villa San Juan de San Fernando, en dirección a su domicilio, cuando se encontraron con el acusado Omar Francisco Saavedra Cifuentes, quien inició una discusión con la víctima”.

Se agrega que “mientras se efectuaba esta discusión, el acusado sacó un arma de fuego con la que disparó”. Este disparo impactó en el hemitórax de la víctima lo que generó una lesión en órganos principales del cuerpo que generaron una hemorragia masiva, lesión que le provocó la muerte en la misma villa San Juan, lugar en el que la víctima se desplomó. Para el tribunal los hechos “son constitutivos de un delito consumado de homicidio simple, previsto y sancionado en el artículo 391 N°2  del Código Penal”, se indican.

El tribunal aplicó, además, a Saavedra Cifuentes las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, e inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

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