Cerca de las 9:00 de la mañana de este miércoles llegó hasta los tribunales de Rancagua el alcalde, Juan Ramón Godoy, para dar inicio a lo que sería el segundo día de formalización en su contra. Confiado en demostrar en que las imputaciones que el Ministerio Público formula son falsas, Godoy sostuvo que después de un año y medio de investigación no se tuvo acceso a la carpeta, y, recién, desde hace un par de meses lo tuvo para su legítima defensa. Agregaba estar tranquilo esperando que la justicia hiciera su trabajo, ya que la Fiscalía ha presentado testigos que no están verificados. Pero, al término de la jornada, el Tribunal de Garantía estableció que se dio por acreditados los delitos imputados y se decretó su prisión preventiva en un recinto de Gendarmería.
SEGUNDO DÍA DE AUDIENCIA
La segunda jornada comenzó con la exposición pendiente del fiscal Nicolás Núñez, quien dio cuenta del delito de lavado de activos, relacionados con pago de colegiaturas de una de sus hijas, el contrato de promesa de compra venta de un inmueble en la comuna de Doñihue por 135 millones de pesos, inmueble que sería para Juan Ramón Godoy. Finalmente, el negocio, no se concretó, situación que comunicó en su momento el imputado, Daniel Salazar. Cabe recordar que este último habría concretado tratos directos en temas medioambientales con el municipio y quien fue el que realizó la promesa de compra venta del inmueble. Sin embargo, la PDI comprobó que Salazar no contaba con recursos en sus cuentas para hacer pagos tan altos en efectivo.
En cuanto a los concejales querellantes, en su representación el abogado, César Zamorano, hicieron propia la solicitud del Ministerio Público de prisión preventiva contra Godoy, calificando los hechos como una constelación de delitos que hacen necesaria la cautela, estando incluso en presencia de una organización criminal, de facto, de empresarios liderados por el alcalde, para sumir al municipio y la comuna en una corrupción que desde hace mucho tiempo se desbordó.
El Servicio de Impuestos, como querellante, informó que en el caso del imputado Barba habría realizado maniobras para evadir delitos tributarios, solicitando la prisión preventiva para el propio Barba, Rodríguez Cajas y Juan Ramón Godoy, infringiéndose las disposiciones legales del alcalde, con un claro conflicto de intereses, ya que existe una obligación legal donde debía ejercer su cargo con probidad, lo que no se ha hecho en su máxima expresión.
LA ARGUMENTACIÓN DE LA DEFENSA
El abogado Hugo Zamorano, a eso de las 11:30 de la mañana, comenzó la defensa de Juan Ramón Godoy, aduciendo que existían errores y faltas de precisión en lo expuesto por el Ministerio Público, argumentando que se confunde el provecho de un delito con el lavado de activos, lo que es ocultar el origen ilícito de los bienes.
Respecto a la promesa de compraventa del terreno en Doñihue, dijo que nunca hubo una adquisición de un bien raíz por parte del imputado Salazar, mientras que en la compra del vehículo marca Mazda, el abogado sostuvo que, si bien dos años después se le vende dicho automóvil a la misma empresa, Anfruns Motors, no existía el lavado de activos, ya que nunca hubo animo de ocultación.
Es más, el utilizar documentos bancarios a nombre de otras personas, como tarjetas bancarias del imputado Cornejo en ciudades como Lima y México, fue cuestionado, especialmente por la competencia del Ministerio Público por estos hechos, ya que ocurrieron fuera de la República, aduciendo que ni siquiera hay competencia para investigarlos.
Sobre el cohecho y conductas de haber favorecido a alguien con tratos directos, licitaciones e infracciones de deberes, según el abogado, se omitió que el encargado de las compras públicas es el secretario general de la Cormun y el directorio de la corporación, luego, en un tercer escalón viene el alcalde. A eso se suma que el informe de la Contraloría no dice que exista responsabilidad del alcalde, debido a que se ordena a la Cormun que instruya sumarios a funcionarios, lo que reflejaría que no existe la infracción de deberes por parte del alcalde en temas relacionados con adquisición de compras públicas.
Citó como ejemplo que el imputado, Javier Cornejo, es proveedor desde el año 2009 de compras públicas, descartando de plano una especie de fraude planeado. En general, la defensa entrega responsabilidades a los jefes de las divisiones respectivas, licitaciones tanto municipales como en la Cormun donde no participaba el alcalde, ya que la comisión de licitación estaba integrada por distintas personas, siendo el concejo municipal quien aprueba las licitaciones.
En el caso de Diego Barba, en sesión ordinaria del concejo, aprueban la licitación donde el imputado Barba se adjudicó la licitación de servicios de seguridad en la medialuna de Rancagua, año 2021, esto incluso con la aprobación de los concejales querellantes y, la unanimidad del concejo. De este modo no habría influencia y participación del alcalde en esta licitación para quien sería su amigo.
Sobre el allanamiento al domicilio del alcalde, lo califican como irregular, ya que se le tomó declaración sin la presencia de su abogador defensor, pudiendo inculpar a una persona cuando el actuar de una policía fue irregular. Sobre la necesidad de cautela, el abogado considera que todas las figuras penales imputadas presentan anomalías, por lo que resultaría desproporcionada una prisión preventiva al no estar ante una persona que es un peligro para la seguridad de la sociedad.
Recalcó el defensor que, Godoy, se presentó a las dos audiencias de forma voluntaria sin que se hayan analizado sus puntos de vista. La defensa del imputado, Diego Barba, sostuvo que su representado fue formalizado por el delito de soborno, relacionado con la compra del vehículo marca Mazda en Anfruns Motors y, el pago del viaje a Lima por un millón y medio de pesos, viaje al que el imputado Barba no asistió. La defensa adujó que el imputado prestará declaración en cuanto la Fiscalía lo disponga. Agregó el abogado que su representado no constituye un peligro para el éxito de la investigación, por lo que la medida de prisión preventiva no se ajusta en su caso, recalcando que el imputado está a disposición de la investigación con las cautelares menos gravosas que se dispongan.
QUERELLA CRIMINAL DEL CDE
La intervención de los querellantes culminó con la exposición del Consejo de Defensa del Estado, ya que interpuso una querella criminal contra el alcalde de la Municipalidad de Rancagua, y contra quienes resulten responsables, por su participación como autor de los delitos de cohecho y fraude al Fisco, sin perjuicio de otros ilícitos que se puedan acreditar durante la investigación.
Cabe recordar que la querella del CDE, interpuesta ante el Juzgado de Garantía de Rancagua, se dirige nominativamente contra el edil Juan Ramón Godoy quien habría cometido una serie de irregularidades en su calidad de presidente de la Corporación Municipal y alcalde en ejercicio de dicha comuna, materializadas por medio de una administración desleal de los fondos públicos, ocasionado con ello un perjuicio económico al patrimonio fiscal.
De acuerdo a los antecedentes que maneja el CDE, contenidos en la investigación, el imputado habría cometido ilícitos como el pago de montos en exceso por licitaciones adjudicadas, la advertencia a particulares de una licitación venidera (y adjudicarla) aceptando por ello beneficios económicos o de otra naturaleza para sí o terceros, la fragmentación de compras a través de adquisiciones por trato directo para beneficiar a determinadas empresas, la adquisición de bienes como la compra de un vehículo y la extensión de contratos por servicios fuera de la normativa legal, como el de retiro de basura, no habiendo mediado consulta ni aprobación del Concejo Municipal.
MEDIDAS CAUTELARES
A eso de las 17:20 de la tarde, la magistrada, Loreto Salas, comenzó a leer la resolución judicial del imputado, Diego Barba, quien quedó con la medida cautelar de prisión preventiva por su participación punible en un ilícito de soborno consumado. En cuanto al imputado, Carlos Rodríguez Cajas, queda también con la medida cautelar de prisión preventiva, por el delito de fraude al Fisco. Eso sí, en su caso, se dispuso la opción de una caución de 100 millones de pesos para recuperar su libertad.
Con respecto al imputado, Juan Ramón Godoy, alcalde de Rancagua, quedó con la medida cautelar de prisión preventiva por peligro para la seguridad de la sociedad y, entre otros delitos de corrupción, entre ellos, lavado de activos, además de su participación punible en delitos de cohecho consumado en carácter de reiterado, malversación de fondos públicos y, fraude al Fisco. Se dio un plazo de investigación de 90 días.

