Asesinato por encargo en la cárcel de Rancagua: Condenan a internos por homicidio pagado con drogas

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a dos internos por el homicidio calificado de un recluso ocurrido al interior del Centro Penitenciario de Rancagua, crimen que, según acreditó la investigación, fue ejecutado por encargo y tuvo como pago drogas ingresadas ilegalmente al recinto penal.

Los hechos se remontan al 30 de julio de 2021. De acuerdo con los antecedentes establecidos durante el juicio, alrededor de las 14 horas la víctima, Guillermo Salas Ruz, se encontraba en el módulo 14 del recinto penitenciario cuando fue atacado sorpresivamente por otro interno, Pedro Barbaste Bravo.

El agresor utilizó un arma cortante artesanal para apuñalar a la víctima por la espalda, provocándole lesiones de extrema gravedad que terminaron causándole la muerte. La causa del fallecimiento fue una anemia aguda derivada de la sección traumática de la aorta torácica, producto de una herida cortante penetrante en la zona torácica.

Según estableció el tribunal, el ataque fue encargado por otro interno, Thomas Cristopher Martínez Sandoval, quien mantenía conflictos previos con la víctima. Como retribución por concretar el homicidio, habría ofrecido pagar tres millones de pesos en drogas al ejecutor material.

La sentencia señala además que Martínez Sandoval entregó parte de la droga comprometida, sustancia que había ingresado al penal mediante un «pelotazo«, modalidad utilizada para lanzar elementos prohibidos desde el exterior hacia el interior del recinto penitenciario. La droga entregada fue avaluada en aproximadamente 500 mil pesos.

Por estos hechos, el tribunal condenó a Thomas Cristopher Martínez Sandoval a la pena de 15 años y un día de presidio efectivo, en calidad de coautor inductor del delito consumado de homicidio calificado. Asimismo, se le aplicaron las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, además de la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

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En tanto, Pedro Pablo Jesús Barbaste Bravo fue condenado a 10 años y un día de presidio efectivo como coautor ejecutor del homicidio calificado, junto con las respectivas penas accesorias contempladas por la legislación vigente.

El fallo fue adoptado de manera unánime por los magistrados del Tribunal Oral en lo Penal de Rancagua.

Una vez que la sentencia quede ejecutoriada, se procederá a la toma de muestras biológicas de ambos condenados para incorporar sus perfiles al Registro Nacional de ADN de Condenados. Además, el tribunal decretó el comiso del arma blanca artesanal utilizada en el crimen.

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