-Además, preocupa el endeudamiento acumulado de los usuarios, el cual seguirá vigente después del 31 de diciembre de este año, que es cuando concluye la ley 21.249, la cual establece que las empresas de servicios básicos (luz, agua, gas) no podrán cortar el suministro por no pago a sus clientes, junto con entregar facilidades para regularizar su morosidad.
Por: Ximena Mella Urra
Debido a la pandemia, miles de familias, usuarias y clientes, han debido postergar el pago de ciertos servicios, especialmente los básicos, debido a que ya no perciben algún tipo de ingresos o estos se han vistos mermados por la crisis sanitaria.
Es por eso que desde el año pasado rige el Beneficio Solidario Covid 10 o también denominada “Ley de Servicios Básicos”(N°21.249), la cual dispone en forma excepcional, medidas extraordinarias para que a los usuarios de los servicios sanitarios, electricidad y gas, se les garantice la continuidad del servicio a pesar de su morosidad junto con dar facilidades de pago sin multa ni intereses.
Pese a ello, preocupa cada vez más el endeudamiento acumulado en todos estos meses. Según la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), sólo en el sector eléctrico del país han aumentado en 206 mil (28%) los morosos residenciales desde marzo de 2020, por lo que hay 720.840 hogares con cuentas impagas ($248.512 millones de pesos) y de ellos sólo 196 mil han suscrito un convenio con su distribuidora. La deuda promedio por hogar pasaría los $340 mil. Todo esto al 31 de mayo pasado. En tanto, estimaciones como la de Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios de Chile (CONADECUS), dice que al finalizar 2021 esta deuda promedio podría llegar a los $500 mil.
Volviendo al beneficio, según antecedentes recabados por #DiarioElRancagüino, los clientes que mantienen este beneficio llega casi a los 10 mil en nuestra Región de O’Higgins, mediante un convenio suscrito con cada una de las empresas distribuidoras como son CGE (6.578), Essbio(3.254) y Metrogas(35).
En el caso de CGE en sus operaciones en la región, hasta junio de este año cerca del 16% de los clientes (35.700 clientes aproximadamente) presentaba morosidad en el pago de su cuenta mayor a 45 días. “A la misma fecha, se han solicitado 6.578 convenios”, recalcan.
Y desde allí explicaron que quienes tengan dificultades en el pago de su cuenta puedan acogerse a los beneficios de esta y convenir el pago de su deuda ahora en hasta 48 cuotas mensuales, sin intereses, sin multas, ni gastos asociados, evitando de este modo la interrupción de su suministro, en caso de que se encuentre impago una vez que concluya el plazo de la ley. “En CGE sabemos que la crisis sanitaria por COVID-19 ha afectado económicamente a muchas familias y empresas. Por eso, hacemos un llamado a nuestros clientes a acogerse a los beneficios establecidos en la Ley de Servicios Básicos”, insistieron desde la compañía.
SERVICIOS SANITARIOS
Hasta hace algunos días la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SSIS) informaba que son 64.570 los clientes que han iniciado el trámite para la postergación del pago de su cuenta de agua en medio de la pandemia de Covid 19 a lo largo del país. De estas, han sido aceptadas 59.217, mientras que 2.746 han sido rechazadas y 2.607 en proceso de revisión. Las empresas sanitarias con mayor número solicitudes a la fecha son Aguas Andinas con 15.286 solicitudes aceptadas, Essbio con 11.222 y Essal con 8.784.
“La Superintendencia de Servicios Sanitarios ha realizado un importante esfuerzo en la fiscalización de esta normativa, para que ninguna persona que esté dentro de los grupos afectados se vea enfrentado a un corte de sus servicios básicos, mientras dure el Estado de Catástrofe por el Covid 19”, repiten desde la SSIS e insisten en que las personas accedan al beneficio. En caso de no tener una respuesta positiva de parte de las sanitarias, se puede recurrir a dicho organismo para asegurar el acceso a este beneficio a quienes cumplan con los requisitos.
Los requisitos para optar al beneficio son:
-Encontrarse dentro del 80% de vulnerabilidad del Registro Social de Hogares. La actual normativa contempla solo el 60% más vulnerable.
-Tener la calidad de adulto mayor.
-Estar percibiendo las prestaciones del seguro de desempleo.
-Estar acogido a la Ley de Suspensión del Empleo o a la celebración de un pacto de reducción temporal de jornada.
-Ser trabajador independiente o informal y expresar, mediante declaración jurada simple, que está siendo afectado por una disminución significativa de sus ingresos.
Beneficiarios de la ley:
-Usuarios residenciales o domiciliarios.
-Hospitales y centros de salud.
-Cárceles y recintos penitenciarios.
-Hogares de menores en riesgo social, abandono o compromiso delictual.
-Hogares y establecimientos de larga estadía de adultos mayores.
-Bomberos.
-Organizaciones sin fines de lucro.
-Microempresas